Ley 4076

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición4076
Fecha de Publicación12 de Agosto de 2009

LEY Nº 4076

LEY DE 29 DE JULIO DE 2009

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo 1. Declárase de prioridad departamental y municipal, la construcción de la Variante Huari - Quillacas, ubicada en la Segunda Sección Municipal de la Provincia Eduardo Avaroa, del Departamento de Oruro.

Artículo 2. La construcción de la Variante Huari - Quillacas contará con todas las normas de diseño, geometría y estructura (para altiplano) con asfaltado flexible que consta de 1.99 km.

Artículo 3. Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Oruro y al Municipio del Santuario de Quillacas, gestionar los recursos necesarios y suficientes para la realización, de acuerdo al proyecto elaborado por el Servicio Departamental de Caminos (SEDCAM).

Remítase al Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a...

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