Ley 3869

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. Subárea - Areas Protegidas
Número de Edición3869
Fecha de Publicación19 de Junio de 2008

LEY Nº 3869

LEY DE 26 DE MAYO DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Declárase de prioridad departamental el diseño y ejecución del Proyecto Parque Ecológico Ambiental Bosquecillo de Pura Pura de la ciudad de La Paz.

Artículo 2. El Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, la Prefectural del Departamento de La Paz y el Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz, realizarán las gestiones necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de mayo de dos mil ocho años.

Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar...

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