Sentencia Nº 26/2021 de Tribunal Agroambiental Plurinacional, 16-06-2021
Fecha | 16 Junio 2021 |
Número de expediente | 3367-NTE-2018 |
Número de sentencia | 26/2021 |
Emisor | Tribunal Agroambiental (Bolivia) |
Tipo de proceso | Nulidad de Título Ejecutorial |
SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 26/2021
Expediente: Nº 3367-NTE-2018
Proceso: Nulidad de Título Ejecutorial
Demandantes: P.M.C. y R.A.C.
Demandado: Adolfo Avilés García
Distrito: Cochabamba
Predio: "Avilés"
Fecha: Sucre, 16 de junio de 2021
Magistrado Relator: R.N.V. Mercado
La demanda de nulidad de Título Ejecutorial cursante de fs. 29 a 34 vta. de obrados, interpuesta por P.M.C. y R.A.C., contra A.A.G., impugnando el Título Ejecutorial N° PPD-NAL-591640 de 17 de mayo de 2016, emitido a favor de A.A.G., respecto al predio "Avilés", clasificado como Pequeña Agrícola Individual, con una superficie de 4.7426 ha., emitido como resultado del proceso de saneamiento que concluyó con la Resolución Suprema Nº 228640 de 2 de abril de 2008 y demás datos cursantes en el certificado de emisión que cursa a fs. 11 de obrados, los antecedentes del proceso:y,
I. ANTECEDENTES PROCESALES
I.1. Argumentos de la demanda
El demandante en su memorial de demanda de fs. 29 a 34 vta. de obrados, solicita se declare probada la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial y Nulo el Título Ejecutorial N° PPD-NAL-591640 de 17 de mayo de 2016, cuyo titular es A.A.G., respecto al predio "Avilés", por haberse emitido con ausencia de causa, con simulación absoluta, con violación de la Ley aplicable e incompetencia en razón de la materia, pero principalmente por encontrarse el predio de referencia en más del 60% sobrepuesto al área que comprende la Ley Nº 3975 de 24 de noviembre de 2008 que declara bienes de dominio público y estar ubicado dentro del área urbana del Municipio de Quillacollo, con los siguientes argumentos:
I.1.1. Derecho propietario y legitimación
Señalan que, adquirieron en calidad de compra un terreno de 2.311,05 m2 ubicado en la zona de San Rafael Marquina, Municipio de Quillacollo, Provincia Quillacollo del departamento de Cochabamba, registrado en la Oficina de Derechos Reales de Quillacollo bajo la partida computarizada No. 3.09.1.02.0000115, de su anterior propietario D.M.L., quién adquirió de los hermanos E.L., H.M. y V.J.H., habiendo éstos a su vez adquirido de T.A.V.. de J.; terreno en el que viven continuando la posesión que les fue transmitida producto de las ventas, acreditando su legitimación para interponer la presente demanda, en razón de que a A.A.G. se le tituló por el INRA a espaldas suyas, comenzando a hostigar a todos los habitantes de la Junta Vecinal de Penainillos que cuenta con derecho propietario anterior, y que se ven afectados con la emisión del señalado Título Ejecutorial.
I.1.2. Antecedentes que originaron la emisión del Título Ejecutorial N° PPD-NAL-591640 de 17 de mayo de 2016
Indican que, el Expediente I-27103 de saneamiento denominado "predios desacumulados del trámite M.S.P., donde está el predio "Avilés", concluyó con la emisión de la Resolución Suprema Nº 228640 de 2 de abril de 2008, mediante la cual se adjudicó por posesión la parcela "A." al beneficiario R.A.A., estando sujeta la adjudicación y titulación a la cancelación del precio que debía hacerse efectivo en los plazos y condiciones dispuestas en el art. 318 del Reglamento de la Ley Nº 1715, cuya falta de pago dejaría sin efecto la adjudicación, habilitando al INRA a distribuir la tierras bajo la modalidad que determine.
Continúan señalando que, la Ley Nº 3975 de 24 de noviembre de 2008, declara las superficies del Playón de M. como bienes de dominio público y al encontrarse el predio "Avilés" afectado con dicha Ley, R.A.A. decidió abandonar el proceso de saneamiento sin cancelar el precio de adjudicación, transcurriendo más de 5 años desde que se emitió el Auto Interlocutorio Definitivo S2a Nº 37/2009 de 24 de julio de 2009 en el que el Tribunal Agroambiental declaró la perención de instancia en el proceso contencioso administrativo que demandó R.A.A.; empero, el año 2014, A.A.G. se apersona al INRA solicitando complementación de la R.S. Nº 228640, justificando la no cancelación del precio de adjudicación, cursando luego informe de precios a valor concesional, notificando a A.A.G. con la Resolución Suprema Nº 12848 de 27 de agosto de 2014 que atribuyendo como error lo dispuesto en la parte dispositiva 7º, dispone la adjudicación a su favor; sin que se notifique con dichos actuados a sus personas, no pudiendo observar el Informe en Conclusiones ni impugnar la resolución final de saneamiento en defensa de su derecho propietario.
I.1.3. Ausencia de Causa por no existir o ser falsos los hechos y el derecho invocado, como causal de Nulidad de Título Ejecutorial
Señalan que, de la carpeta de saneamiento se infiere que A.A.G. jamás estuvo en posesión del predio "A., al consignarse en la Ficha Catastral a R.A.A., realizando el INRA el proceso de saneamiento en base a la información declarada por éste de una supuesta posesión que tendría en el Playón Marquina y donde no se declaró tener como beneficiario a A.A.G., siendo ilegal que se emita título ejecutorial a su favor, tomando en cuenta que el art. 273 del D.S. Nº 29215, considera a la herencia en procesos agrarios titulados y en trámite, faltando causa para titular a favor de A.A.G. mediante la posesión, evidenciándose que R.A.A. no canceló el costo de la adjudicación, más al contrario impugnó, no pudiendo acceder el demandado a una titulación como heredero de la posesión por no contar el predio "Avilés" con título agrario o proceso en trámite; continúa señalando el demandante, que el INRA al cambiar el nombre de R.A.A. a A.A.G. después de 5 años de vencido el plazo para el pago del costo de la adjudicación, generó un acto jurídico en la Resolución Suprema impugnada que solo fue notificado al demandado y no se notifica ni se publicita para otras personas, que termina siendo una falacia que a título de error se consuma el cambio de poseedor, afectando derechos legalmente adquiridos de la misma familia A., siendo ilegal la posesión del beneficiario, no habiéndose materializado el pago de adjudicación vulnerando el art. 165 del Reglamento referida a la verificación de la Función Social concordante con el art. 397.I de la C.P.E. que prevé que el trabajo es la fuente fundamental para la adquisición y conservación de la propiedad agraria, que no ocurre con A.A.G. quien no vive ni vivió jamás en el predio, siendo el demandante junto a su familia quien se encuentra en posesión real y efectiva en calidad de propietario, adecuándose los actos del demandado a la causal establecida por el art. 50-I-2-b de la Ley Nº 1715 por ausencia de causa para la titulación a su favor sin que haya cumplido los requisitos de posesión legal y cumplimiento de la función social.
I.1.4. Simulación absoluta para conseguir una ilegal titulación, como causal de Nulidad de Título Ejecutorial
Indican que, los hechos sucedidos sobre la falta de ausencia resultan ser factor común en la simulación absoluta prevista en el art. 50-I-1-c) de la Ley Nº 1715 que refiere a un acto aparente que se contrapone con la realidad con la intención de esconder y engañar debiendo probarse documentalmente. La R.S. Nº 12848 de 27 de agosto de 2014 que establece como error en el proceso de saneamiento la identificación de R.A.A. cambiando a otra persona como es A.A.G., es la prueba que acredita que para la titulación se ha simulado supuesto error, cuando éste último nunca fue parte del saneamiento, simulando un error para que A.A.G. cancele el precio de adjudicación, incumplido por el verdadero poseedor beneficiándolo con la titulación sin que cumpla con los requisitos de posesión legal y cumplimiento de la función social.
I.1.5. Violación de Ley aplicable, como causal de Nulidad de Título Ejecutorial
Expresan que, habiendo adquirido ejecutoria la R.S. Nº 228640 de 2 de abril de 2008 con la emisión del Auto Interlocutorio Definitivo S2a Nº 37/2009 de 24 de junio en el proceso contencioso administrativo que siguió R.A.A. y transcurrido 5 años hasta que A.A.G. solicita cancelar la adjudicación del predio "Avilés", correspondía al INRA aplicar el art. 319 del D.S. Nº 29215 disponiendo la condición de Tierra Fiscal y no adjudicar a persona distinta a la del proceso de saneamiento, por lo que cae dentro la causal de nulidad establecida en el art. 50-I-2-c. de la Ley Nº 1715.
Otra violación de la Ley aplicable, indican, se produce con la vulneración de la Ley Nº 3975 de 24 de noviembre de 2008 que cuenta con el precedente constitucional establecido por la Sentencia Constitucional Plurinacional 1013/2017-S3 de 4 de octubre de 2017 referente a la imposibilidad de titulación en favor de particulares en las superficies que se sobreponen a dicha Ley (transcriben lo pertinente de la S.C. Nº 1013/2017), resultando que 3 ha de las 4.8267 ha. del Título Ejecutorial cuya nulidad se demanda, se ubican dentro del perímetro de la Ley Nº 3975 emitiéndose en franca vulneración de dicha norma, sin observar la calidad de bien de dominio público para beneficio de la colectividad y no solo de una persona particular, omitiendo el INRA aplicar dicha Ley vigente en el momento de la emisión del Título Ejecutorial ahora demandado.
I.1.6. Incompetencia en razón de la materia, como causal de Nulidad de Título Ejecutorial
Mencionan que, un hecho inadvertido por el INRA a momento de la emisión del Título Ejecutorial ahora demandado, es que la superficie titulada a favor de A.A.G. comprende el área urbana del Municipio de Quillacollo, declarada por Ley Municipal Nº 01/2016 de 19 de enero de 2016 homologada por Resolución Ministerial 061/2016 de 10 de mayo de 2016, evidenciándose la falta de competencia en razón de la materia con la cual el INRA emitió el Título Ejecutorial demandado, que representa la nulidad absoluta del mismo conforme al art. 50-I-2-a de la Ley Nº 1715 y en mérito al art. 11 del D.S. Nº 29215 que en su parágrafo I establece que los procedimientos agrarios administrativos serán ejecutados solo en el área rural, bajo sanción de nulidad, por lo que el INRA antes de emitir el título ejecutorial debía suspender el mismo...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
