Resolución Regulatoria Nº 04/2013 de la Autoridad de Fiscalización de Empresas
| Número de resolución | 04/2013 |
| Fecha | 11 Abril 2013 |
| Tipo de documento | Resolución Regulatoria |
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RESOLUCION AOMINISTRATIVA R,A/AEMP/DTDCDN/ N" OO3O/2013
La Paz. 11 de abril de 2013
VISTOS:
La Resoluci6n Administrativa RA/AEMP/DTDCDN/ N' 0116/2011 de I de diciembre de 20'11,
emitida por la Autoridad de Fiscalizaci6n y Conkol Social de Empresas (AEMP); los
memoriales de 23 de diciembre de 2011, presentados por PRAXAIR BOLIVIA S.R.L. y
HIELO SECO S.R.L.: el Auto de fecha 28 de diciembre de 2011; el Auto de fecha 9 de enero
de 2012, el lnforme AEMP/DTDCDN/TOLF/MMM No. 010/20'12 de 20 de enero de 2012;
Auto de fecha 6 de febrero de 2012, el lnforme Tecnico AEMP/DTDCDN/HMC N' 02312012
de fecha 15 de febrero de 2012. el lnforme Juridico AEMP/DTDCDN/MMM/N, 02412012 de
fecha 15 de febrero de 2012: la Resoluci6n Jer5rquica MDPyEP N" 015/2012 de 05 de
octubre de 2012 emitida por el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economia Plural; el
lnforme Tecnico AEMP/DTDCDN/DVB No 03212013 de 11 d e abril d e 2013; el lnforme
Juridico AEMP/DTDCDN/RMC/N" 033/201 3 de 1 1 de abril de 2013; los antecedentes, la
documentaci6n aportada dentro el procedimiento sancionador, la normativa aplicable vigente
y todo lo que se vio y se tuvo presente.
CONSIDERANOO: (Antecedentes)
Que, mediante Resoluci6n Administrativa RA/AEMP/DTDCDN/N" 01'16/2011 de 'l de
diciembre de 2011, la Autoridad de Fiscalizaci6n y Control Social de Empresas dispuso el
inicio del procedimiento sancionador en contra de las empresas PRAXAIR BOLIVIA S.R.L. y
HIELO SECO S.R.L. por la presunta comisi6n de practicas anticompetitivas.
Que, el Articulo Segundo de la Resoluci6n Administrativa R /AEMP/DTDCDN/ N'
011612011, notifica a PRMAIR BOLIVIA S.R.L. y HIELO SECO S.R.L. el cargo por la
presunta contravenci6n al inciso d) del articulo '10 del Decreto Supremo No 29519, en lo
referido a la supuesta conducta anticompetitiva absoluta que comprende aquellos actos,
contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes econ6micos competidores
entre si, cuyo prop6sito o efecto sea establecer, concertar, coordinar posturas o la
abstenci6n en las licitaciones, concursos, subastas p0blicas.
Que, el Articulo Tercero de la Resoluci6n Administrativa RAJAEMP/DTDCDN/N" 01 16i201 1,
notifica a PRAXAIR BOLIVIA S.R.L. el cargo por la presunta contravenci6n al numeral 10 del
articulo 1 1 del Decreto Supremo N" 29519, en lo referido a la supuesta conducta
anticompetitiva relativa que comprende aquellos actos, contratos, convenios, procedimrentos
o combinaciones cuyo objeto o efecto sea o pueda ser desplazar indebidamente a otros
agentes del mercado; impedirles sustancialmente su acceso, establecer ventajas exclusivas
en favor de una o varias personas cuando se trate del establecimiento de distintos precios,
condicrones de venta o compra para diferentes compradores y/o vendedores situados en
igualdad de condiciones.
Que, a trav6s de memoriales presentados en fecha 6 de diciembre de 201 1, las empresas
R BOLIVIA S.R.L. y HIELO SECO S.R.L., solicitaron se amplie el plazo al m5ximo
I)iftccì5niCallcBatal16nC̀)10rad(,sN° 24‑Itdittcì) EIC● lld(,r''Pis(,11
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permitido para presentar los descargos, petici6n concedida mediante Auto de 9 de diciembre
de 2011 , otorgando cinco (5) dias habiles administrativos adicionales al plazo establecido.
Que, mediante memorial presentado en fecha 16 de diciembre de 2011 , Marco Antonio
Garcia aport6 documentaci6n e informacion a la formulaci6n de cargos, ademas adjunt6
prueba, consistente en un articulo titulado "Nuestra Comision lnterna, la organizaci6n de los
trabajadores de Praxair" extraido de la p6gina web: www. prensadefrente. orq
Que, en fecha 23 de diciembre de 201 1, las empresas PRAXAIR BOLIVIA S.R.L. y HIELO
SECO S.R.L., a trav6s de los memoriales respectivos presentaron descargos a la
formulaci6n de cargos, realizada mediante Resoluci6n Administrativa RA/AEMP/DTDCDN/
N" 01 16/201 1 de 1 de diciembre de 201 1 , solicitando adem6s se realice una inspecci6n
administrativa a sus instalaciones.
Que, mediante Auto de fecha 28 de diciembre de 201 1 la Autoridad de Fiscalizaci6n y
Control Social de Empresas, dispuso la apertura del t6rmino probatorio, estableciendo quince
(15) dias habiles administrativos como plazo para la producci6n y presentaci6n de pruebas.
Que, mediante Auto de fecha 9 de enero de 2012, se dispuso la inspecci6n a las
instalaciones de la empresa PRAXAIR BOLIVIA S.R.L. y HIELO SECO S.R.L. en la cuidad
de Santa Cruz de la Sierra el dia 11 de enero de 2012 en horas h6biles, cumpliendo con la
solicitud de ambas empresas.
Que, mediante memorial presentado en fecha 18 de enero de 2012, PRAMIR BOLIVIA
S.R.L. presenta pruebas: Certificado de Fusi6n y Cancelaci6n de Matricula de las
Sociedades Disueltas No 00102963 y el lnforme legal, Caso: PROCEDIMIENTO
SANCIONADOR EN CONTM DE LAS EMPRESAS PRAXAIR BOLIVIA S.R.L. Y HIELO
SECO S.R.L. POR LA PRESUNTA COMISION DE PRACTICAS ANTICOMPETITIVAS
elaborado por el Estudio Flint Abogados, de fecha 9 de enero de 2012. Por otra parte, solicit6
que 0nicamente se notifique a PRAXAIR BOLIVIA S.R.L. debido a la fusi6n realizada.
Asimismo, la ampliaci6n del t6rmino probatorio a diez (10) dias h6biles administrativos,
solicitud atendida mediante Auto de fecha 20 de enero de 2012.
Que, el lnforme AEMP/DTDCDN/TOLF/MMMiNo.01012012 de 20 de enero de 2012, emitido
por la Direcci6n Tecnica de Defensa de la Competencia y Desarrollo Normativo, sobre la
inspecci6n administrativa realizada a las instalaciones de PRMAIR BOLIVIA S.R.L. y HIELO
SECO S.R.L., concluye que:
. Se cumpli6 con la inspecci6n solicitada a las instalaciones de ambas empresas;
o Los productos elaborados por la empresa PRAXAIR BOLIVIA S.R.L. son: gases del aire,
aire medicinal y acetileno. Dentro de la variedad de gases del aire 6sta produce: oxigeno
medicinal, tanto gaseoso como liquido; oxigeno industrial, nitr6geno, arg6n;
. El producto elaborado por la empresa HIELo sEco s.R.L. es el anhidrido carb6nico
COr, en sus estados liquido, s6lido y gaseoso;
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ElprocesoproducuvOdelasempresasPRAXAIRBOLi∨IASRLyHIELOSECO
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empresasnocontabanconeldocumentoquemuestrelaseconomiasdeescala
con su producci6n y almacenamiento de sus productos; y no se tomaron
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lcにおǹ),Fax:(591‐ 2)2150X10‑252118‑2152119̲2110779Caド 轟l.122然 I´aPaz̲B̀"i、ia
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fotografias al proceso productivo de las empresas PRAXAIR BOLIVIA S.R.L. y HIELO
SECO S.R.L., a requerimiento de sus representantes, por razones de confidencialidad.
Que, en fecha 20 de enero de 2012, PRAXAIR BOLIVIA S.R.L. presenta memorial,
remitiendo informaci6n y pruebas, en la cual se adjunta: un nota (documento copia) remitida
por WHITE MARTINS GASES INDUSTRIAIS LTDA. a PRAXAIR BOLIVIA S.R.L., en la cual
responde a Ias preguntas realizadas en el Auto de apertura de termino probatorio; reporte
anual de 2010 de PRAXAIR INC; recibos escaneados de solicitud de tramite emitido por
FUNDEMPRESA; un anillado con el titulo: "Opini6n T6cnica sobre si Praxair practica la
discriminaci6n de precios en el mercado de oxigeno gaseoso boliviano - An6lisis de la
Resoluci6n Administrativa R /AEMP/DTDCDN/No 116/201 1", preparado por INTELFIN
lnteligencia Financiera S.A.C.
Que, mediante Auto de fecha 6 de febrero de 2012 la Autoridad de Fiscalizaci6n y Control
Social de Empresas - AEMP dispuso la clausura del termino probatorio, dispuesto por el
Auto de 28 de diciembre de 2012 y ampliado por el Auto de 20 de enerc de 2012.
Que, mediante memorial presentado en fecha 6 de febrero de 2012, PRAXAIR BOLIVIA
S.R.L. solicita se considere a momento de dictar resoluci6n las pruebas adjuntas, las cuales
consisten en:
. lnforme legal (documento original, debidamente legalizado) Caso: PROCEDIMIENTO
SANCIONADOR EN CONTRA DE LAS EMPRESAS PRAXAIR BOLIVIA S,R,L. Y HIELO
SECO S.R.L. POR LA PRESUNTA COMISION DE PRACTICAS ANTICOMPETITIVAS
elaborado por el Estudio Flint Abogados;
o Opini6n T6cnica (documento original, debidamente legalizado) sobre si Praxair practica
la discriminaci6n de precios en el mercado de oxigeno gaseoso boliviano - Andlisis de la
Resoluci6n Administrativa R /AEMP/DTDCDN/No I 16/201 1 :
. Siete (7) certificados originales emitidos por FUNDEMPRESA, la documentaci6n
societaria de PRAMIR BOLIVIA S.R.L. y HIELO SECO S.R.L., desde la participaci6n de
White Martins hasta la fecha. cumplido con lo solicitado por el Auto de apertura de
termino probatorio;
. Nota de 28 de marzo de 2011, (documento copia) remitida por White Martins & White
Martins Com6rcio e Servico y White Martins e Companhia Com6rcio e Servicos a
PRAXAIR BOLIVIA S.R.L y HIELO SECO S.R.L., dando a conocer ta ,,potitica de
Administraci6n de Salarios" aplicable para ambas empresas.
Que, mediante memorial presentado en fecha 14 de febrero de 2012. PRAXAIR BoLlvlA
9r L! lqrit" documento que consiste en una nota (documento original) remitida por WHITE
MARTINS GASES INDUSTRIA|S LTDA. a PRAXATR BoLtvlA S.R.L., en ta cuat iesponde a
las preguntas realizadas en el Auto de apertura de termino probatorio.
Que, el lnforme Tecnico AEMP/DTDCDN/HMC/N" 02312012 de fecha 15 de febrero de 2012,
emitido por la Direcci6n Tecnica de Defensa de Ia competencia y Desanollo Normativo de la
AEMP, concluye que:
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