Resolución Regulatoria Nº 029/2013 de la Autoridad de Fiscalización de Empresas de 28 de junio 2013

Fecha28 Junio 2013
Número de resolución029/2013
Tipo de documentoResolución Regulatoria
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ESTADO PLURINACIONAL
DE BOLIVIA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA INTERNA RAI/AEMP/N° 029/2013
La Paz, 28 de junio de 2013
VISTOS:
El Informe Técnico de fecha 27 de junio de 2013, emitido por los Directores: América
Castro Retamozo, Ausberto Ticona Cruz, Fernando Palacios Álvarez Plata y Pedro
Álvarez Vilaseca, el Informe Legal No. 111/2013 de 28 de junio de 2013, y sus
antecedentes.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 137, parágrafo III, del Decreto Supremo N° 29894 de 7 de febrero de 2009,
Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, extingue la
Superintendencia de Empresas, disponiendo que sus competencias serán asumidas por
el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.
Que el inciso f) del artículo 3 y los artículos 41 y 44 del Decreto Supremo N° 0071 de 9 de
abril de 2009, disponen la creación de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de
Empresas (AEMP), su estructura organizativa, sus atribuciones y competencias, que
consiste en fiscalizar, controlar, supervisar y regular a las empresas y sus actividades,
sujetas a su jurisdicción.
Que el artículo 46, inciso e), del Decreto Supremo N° 0071 de 9 de abril de 2009, señala
que el Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas,
entre otras, tiene la atribución de:
"Ordenar o realizar los actos necesarios para garantizar
el cumplimiento de los fines relativos a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de
Empresas".
Que mediante Resolución Suprema N° 05132 de 7 de febrero de 2011, se designó al
ciudadano Germán Prudencio Taboada Párraga como Director Ejecutivo Interino de la
Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas.
CONSIDERANDO:
Que el Informe AEMP/INF/UAI-Cl. N°001/2012 de 28 de febrero de 2012, emitido por el
Responsable de Auditoría Interna, señala:
"Conforme se manifiesta en el Informe de Confiabilidad de Registros y Estados
Financieros por el ejercicio fiscal terminado al 31 de diciembre de 2011, la AEMP registra
en cuentas de orden, los importes provenientes de las sanciones pecuniarias impuestas
contra los agentes regulados, como resultado de la fiscalización, supervisión y control a
los mismos, en el marco de su competencia; sin embargo, no cuenta con un
ento para el control y verificación del pago de dichas sanciones (...)"
"Trabajando juntos, trabajamos mejor"
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