Resolución Regulatoria Nº 01/2017 de la Autoridad de Fiscalización de Empresas

Número de resolución01/2017
Fecha16 Enero 2017
Tipo de documentoResolución Regulatoria
t̀T^00,tutl● ACON^1 I nrnt
RESoLUct6N ADMtNtsrRATtvA RA/AEMP/DTDCDN/N' 003/201 7
La Paz, 16 de enero de 2017
vtsTos:
La Resolucidn Administrativa RtuAE|\^P|DTDCDN/No 11812015 de 14 de julio de 20'l5i los
memoriales de presentaci6n de descargos de la empresa Cervecerla Boliviana Nacional S.A.
(CBN) y Luis Fernando Morales Simon; el Auto Administrativo de 14 de octubre de 2016; el
Auto Administrativo de '11 de noviembre de 2016 de apertura de t6rmino de prueba; el Auto
Administrativo de 07 de diciembre de 2016 de ampliaci6n del termino de prueba; la
providencia de 03 de enero de 2017 de clausura del termino de prueba; el lnforme Tecnico
AEMP/DTDCoNA/CH No 0022017 de 10 de enero de 2017; el lnforme Jurtdico
AEMP/DTDCDN/RMC N" 005/2017 de '11 de enerc de 20171 los antecedentes, la
documentaci6n aportada dentro el procedimiento sancionador, la normativa aplicable
vigente, y todo lo que se vio y se tuvo presente.
CONSIOERANOO: (Antecedentes)
Que mediante Resolucion Administrativa RA,/AEl\4PIDTDCDN/No 118/2015 de '14 de julio de
2015 (RA 118), la Autoridad de Fiscalizaci6n de Empresas (AE[,|P) inici6 a denuncia de la
empresa Cerveceria Amaz6nica S.A. el procedimiento sancionador contra la empresa
Cerveceria Boliviana Nacional S.A. (CBN), su Presidente de Directorio Francisco Sa, y los
Ejecutivos Luciano Carrillo y Luis Fernando Morales Simon, durante la gesti6n 2013 y 2014.
por la presunta comisi6n de los siguientes cargos:
. "PRIMERO... contta la empesa CeNeceria Boliviana Nacional 5.4., por Ia pr€sunta
contravenci'n del atticulo 11, numeral 6 del Decreto Supreno M 29519, en razOn a
la venta sistem'tica de ceNeza por debaio de so coslo medio total y su venta
ocasional por debajo de su costo medio vaiable. de acuedo al ane sis contenido en
la presente Resoluci6n Adninislrativa".
. "SECUNDO--. contrc la emvesa Cetueceria Boliviana Nacional 5.4., porla presunta
contravenci6n del adiculo 11, nume@l 10 del Decreto SuplP.mo No 29519, en nz6n al
establecimiento de distintos precios de venta de caNeza pan diferentes compndoros
situados en igualdad de condiciones, de acuerdo al an4lisis contenido en la prcsente
Re sol u ci6n Ad fi ini st rat iva.
. "rERCERO... contra la emqosa CeNeceia Boliviana Nacional 5.4., pgrla prcsunta
contravenci6n del articulo 11, numeral 11 del Decreto Supremo lf 29519, en raz6n a
la acci5n de la emprcsa con el objeto de reducir la demanda de prcducto del
denunciante, de acuetdo al andlisis contenido en la prcsente Resoluci6n
Administrativa".
. "CUAR|O..., QUlNfO... y SEXrO... contra Francisco 56, Presidento de Diectoio
de CBN S.A.; Luciano Canillo, Gerente General de CBN S.A.: Luis Femando Morales
Simon, Gerente Nacional de Ventas de CBN S.A., por su presunta participaci6n
durante el perlodo de sus funciones de las gestiones 2013 y 2014 respectivamente,
en las decisiones que motivaron la comisi6n de las presuntas practtcas
"Ttrbrirndo iuotos. t bri.t ios
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anticompetitivas descritas en el articulo 1'1, numerales 6, 10 y 11 del Decreto
Supremo No 29519 de acuerdo al an6lisis contenido en la RA 118.
Mediante memorial de 07 de agosto de 2015, CBN solicit6 fotocopias simples de los
antecedentes al procedimiento administrativo sancionador. Esta solicitud es atendida por la
AEI\4P mediante providencia de 10 de agosto de 2015.
Mediante memorial de 11 de agoslo de 2015, CBN solicil6 aclaraci6n y complementacidn de
la RA 118. Esta solicitud es atendida por la AEMP mediante Resoluci6n Administrativa
RA/AEI\4PIDTDCDN/N" 134/2015 de 18 de agosto de 2015.
Mediante memorial de 25 de agoslo de 2015, CBN solicit6 informaci6n correspondaente a
documentaci6n confidencial cursante en los antecedentes del proceso. En atenci6n a esta
petici6n, la AEN4P emiti6 el Auto Administrativo de 08 de septiembre de 2015, contra el cual
promovi6 recurso de revocatoria el que fue resuelto mediante Resolucidn Administrativa
RAJAE[,(P/DJ/N" 150/2015 de 03 de noviembre de 2015 a fo)as 4432 y mediante memorial
de 24 de noviembre de 2015 a fojas 4459, CBN presentd recurso jerdrquico en contra de la
Resoluci6n Administrativa RA,/AE N,l P/DJ/N " 150/201.
Mediante memorial de 15 de septiembre de 2015, CBN present6 descargos a la RA 118. La
AEMP en conocimiento del memorial de presentaci6n de descargos emiti6 la providencia de
16 de septiemb.e de 2015.
Mediante Auto Administrativo de 14 de octubre de 2015, la AEMP dispuso la apertura de
t6rmino de producca6n de prueba, otorgando al efecto el plazo de quince (15) dias habiles
adminiskativos. En este sentido, CBN mediante memorial de 10 de noviembre de 2015
ralific6 la prueba presenlada junto al memorial de 15 de septiembre de 2015. Asimismo,
Cerveceria AL|AZoNlCA se ratficd en la documentaci6n presentada mediante memorial de
19 de noviembre de 2015
I\4ediante providencia de 23 de noviembre de 20'15, la AEIVIP dispuso la clausura deltermino
de p.ueba dentro del procedimiento administrativo sancionador iniciado mediante RA
118/2015 otorgando el plazo de cinco (5) dias h,biles administrativos para que se tome vista
del expediente y se alegue sobre la prueba producida. Al efecto, CBN present6 sus alegatos
mediante memorial de 02 de diciembre de 2015 al igual que Luis Fernando lvlorales y
Cerveceria AN4AZ0NI CA.
Nlediante RA 0168/2015 a fs.4189, la AEI\4P declar6 probados los cargos de conkavenci6n
al articulo '1'1, numerales 6 y 1 1 del Decreto Supremo N' 29519, establecidos por Resolucidn
Administrativa RA,/AElVlPi DTDCDN/N' 1'18/2015 de 14 de julio de 2015 en contra de CBN, su
Presidente de Directorio y Ejecutivos, durante el periodo de investigaci6n.
l\4ediante memorial de '19 de enero de 2016 a fs.4864 y memorial de 26 de enero de 2016 a
fs.4891, Luis Fernando Morales Sim6n y CBN respectivamente presentaron recurso de
revocatoria en conka de la RA 0168/2015. Asimismo, Luis Fernando l\4orales Sim6n,
mediante memorial de 02 de febrero de 20'16 a fs. 4903, se adhiere al recurso de revocatoria
presentado por CBN.
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V
l,4ediante Resoluci6n Administrativa RAJAEMP/N'013/2016 de 19 de febrero de 2016 (RA
013/2016) a fs. 4974 la AEMP resuelve los recursos de revocatoria presentados por CBN y
Luis Fernando lrorales Simon. conflrmando totalmente la RA 0168/20'15. Mediante memorial
de '16 de marzo de 2016 a fs. 5088, CBN anterpuso recurso jerarquico en contra de la RA
0't 3/2016
Resolucl6n de los RecuEos Jer6rquicos interpuestos contra la3 Resoluciones
Administrativas de Revocatorla RA/AEMP/N' 013/2016 y RA./AEMP/DJ/N' '150/20'15.
A fojas 5091, el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economia Plural, por providencia de 24
de marzo de 2016, dispone acumular los procedimientos recursivos en contra de la
Resoluci6n Administrativa de Revocatoria RFJAEMP/N" 013/2016 de 19 de febrero de 2016 y
la Resoluci6n Administrativa de Revocatoria RAJAEMP/DJ/N" 150/2015 de 03 de noviembre
de 2015.
Mediante Resolucidn Jerrrquica MDPyEP N' 010i2016 de 18 de abril de 2016 a fojas 5'141,
el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economia Plural resolvid el recurso jerarquico
presentado contra las Resoluciones RA./AEMP/N' 013/2016 y RA,/AEMP/DJ/N" 150/2015
emitidos por la AEIVIP y dispuso:
"Anular, el procedimiento administrativo seguido por la Empresa Cervecerla Boliviana
Nacional S.A., hasta el vicio m6s antiguo, siendo esta la Resoluca6n Administrativa
RA/AEMP/DJ/N" 150/2015 de fecha 3 de noviembre de 2015, asl como los actuados
que justiflcaron su emisi6n inclusive, quedando sin electo todas las actuaciones
administrativas realizadas por la Autoridad de manera posterior en el proceso
sancionador, de conformidad a lo previsto en el articulo 44 del Reglamento a la Ley
de Procedimienlo Administrativo para el SlREFl, aprobado mediante Decreto
Supremo N' 27175 de 15 de septiembre de 2003; debiendo la Autoridad de
Fiscalizaci6n de Empresas (AEMP), regularizar el proceso a partir de tal momento,
tomando en cuenta los alcances de la presente Resoluci6n."
l\rediante lnforme AEMP/DJ/N" 23512016 a fojas 5145, se dispuso la remisi6n de
antecedentes a la Direccidn T6cnaca de Defensa de la Competencia y Desarrollo Normativo
de la AEMP para que dO continuidad al proceso sancionador.
Mediante Auto Administrativo de 14 de octubre de 2016 a fojas 5'150, la AEMP dispone la
entrega de documentaci6n y da continuidad al proceso sancionador desde el momento de
vigencia de la providencia de fecha 08 de septiembre de 2015, en el curso del termino
restante para la presentaci6n de descargos de cinco (5) dlas h6biles administrativos
computables a partir del daa siguiente a su notificaci6n. El citado Auto Administrativo faculta a
las partes a presentar la documentaci6n que consideren necesaria y/o ratificar la que se
encuentre en obrados dentro del plazo sefialado.
Mediante memoraal de fecha 19 de octubre de 2016 a fojas 5156, CBN solicita ampliaci6n del
plazo otorgado medaante Auto Administrativo de '14 de octubre de 2016. La AE[rp atiende la
solicitud mediante providencia de 20 de octubre de 2016 a fojas 5158, disponiendo que el
plazo otorgado sea computable a partir del dia siguiente h6bil administrativo de la entrega de
documentaci6n, conminando a CBN a apersonarse y recabar €sta documentaci6n dentro del
.Tnbrjtado iuatos. tr.bri.Eos D.io"'
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