Resolución Nº SPVS-IV-N° 076/2000 de Bolsa Boliviana de Valores, 02-03-2000

Número de resoluciónSPVS-IV-N° 076/2000
Fecha02 Marzo 2000
Emisor ASFI
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RESOLUCION ADMINISTRATIVA SPVS-IV-N° 076
La Paz, 2 de marzo, 2000
VISTOS:
El Informe SPVS/IV/INF-043/2000 de fecha 2 de marzo del 2000 emitido
por la Unidad de Fondos de Inversión de la Dirección de Intermediarios de
la Intendencia de Valores y demás documentación que ver convino;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 88 de la Ley del Mercado de Valores N° 1834 de 31 de
marzo de 1998, establece que para la constitución y autorización de
funcionamiento de los Fondos de Inversión es necesario la presentación del
prospecto de colocación;
Que, el Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades
Administradoras aprobado mediante Resolución Administrativa N° 290/99
de 8 de octubre de 1999, determina en su artículo 38 inciso d) que para
obtener la autorización de funcionamiento e inscripción en el Registro del
Mercado de Valores de un Fondo de Inversión, la Sociedad Administradora
interesada deberá cumplir con la presentación del Prospecto, conforme la
norma que regula su contenido;
Que, mediante carta circular SPVS/IV/CC-010/2000 de fecha 14 de febrero,
la Intendencia de Valores remitió a la Bolsa Boliviana de Valores y a las
Agencias de Bolsa el Proyecto del Manual de Prospectos de Fondos de
Inversión para recibir sugerencias y comentarios al mencionado proyecto,
habiéndose considerado las recomendaciones de dichos participantes;
Que, el Informe SPVS/IV/INF-043/2000 de fecha 2 de marzo del 2000
emitido por la Unidad de Fondos de Inversión de la Dirección Intermediarios
de la Intendencia de Valores recomienda la aprobación del Manual de
Prospectos de Fondos de Inversión;
Que, el numeral 25 del artículo 15 de la Ley del Mercado de Valores
dispone que es función y atribución de la Superintendencia de Valores
emitir resoluciones administrativas necesarias para instrumentar la
aplicación y el cumplimiento de la Ley y sus reglamentos, facultad que a la
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fecha es ejercida por la Superintendencia de Pensiones, Valores y
Seguros, de conformidad a lo previsto por el artículo 37 de la Ley de
Propiedad y Crédito Popular No. 1864 de 15 de junio de 1998;
POR TANTO:
El Superintendente de Pensiones, Valores y Seguros en uso de las
facultades y atribuciones conferidas por la Ley del Mercado de Valores No.
1834 de 31 de marzo de 1998, Ley de Propiedad y Crédito Popular No.
1864 de 15 de junio de 1998 y demás disposiciones legales en vigencia;
RESUELVE:
ARTICULO UNICO:
Aprobar y emitir el Manual de Prospectos de Fondos de Inversión de
acuerdo al siguiente texto:
MANUAL DE PROSPECTOS DE
FONDOS DE INVERSION
TITULO I
GENERALIDADES RELATIVAS AL MANUAL
1. OBJETO
El presente Manual de Prospectos de Fondos de Inversión establece los
requisitos básicos para la elaboración de los mismos, con la finalidad de
proporcionar un adecuado nivel de información al público respecto a las
condiciones de la oferta de cuotas de los Fondos de Inversión.
2. ASPECTOS GENERALES
a) Alcances de la Información Requerida: La información requerida
en este Manual para los prospectos de los Fondos de Inversión, es
aquella que recae sobre aspectos financieros, legales, estadísticos y

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