Resolución Nº RE/0001/2024 de Tribunal Supremo, 09-05-2024
| Ponente | Juan Carlos Berrios Albizu |
| Sentido del fallo | NO HABER A LUGAR |
| Fecha | 09 Mayo 2024 |
| Número de expediente | 14/2023 RC. |
| Emisor | Sala Plena |
| Tipo de proceso | Contencioso |
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PLENA
RESOLUCIÓN Nº : 01/2024
EXPEDIENTE Nº : 14/2023 RC.
PROCESO : Contencioso en grado de casación.
PARTES : Empresa AXS BOLIVIA S.A. c/ Administradora
Boliviana de Carreteras (ABC).
MAGISTRADO RELATOR : J.C.B.A..
FECHA : 09 de mayo de 2024
VISTOS: El memorial de solicitud de aclaración, complementación y enmienda respecto al Auto Supremo N° 192/2023 de 07 de noviembre, interpuesto por I.D.A.V. en representación de la Administradora Boliviana de Carreteras (personería que se acredita a través del Testimonio N° 976/2023 emitido por la Notaria de Fe Pública N° 37 a cargo de la Notaria Ana Georgina Dorado Mojica); dentro del proceso contencioso seguido por AXS BOLIVIA S.A. contra la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC), los antecedentes; y:
CONSIDERANDO:
La Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) presenta memorial solicitando aclaración, complementación y enmienda con relación al Auto Supremo de Sala Plena N° 197/2023 de 07 de noviembre, invocando el art. 226 del Código Procesal Civil.
En ese contexto, se hace imperante señalar que el art. 226.III y IV del Código Procesal Civil establece: “III.- Las partes podrán solicitar aclaración sobre algún concepto oscuro, corrección de cualquier error material o subsanación de omisión en que se hubiere incurrido en la sentencia, auto de vista o auto supremo en el plazo improrrogable de 24 horas contadas a partir de la notificación (…). IV. La aclaración, enmienda o complementación no podrá alterar lo sustancial de la decisión principal”; en el presente caso, si bien la solicitud se ha presentado dentro del plazo previsto por ley; sin embargo, la parte impetrante confunde la naturaleza jurídica de los institutos jurídicos de aclaración, complementación y enmienda, puesto que no constituye un recurso a través del cual se pueda sustituir o modificar lo decidido; por el contrario es un medio mediante el cual solo puede enmendar algún error material, aclarar un concepto oscuro o suplir alguna omisión, siempre que no altere lo sustancial, pero ninguna de ellas, implica la posibilidad de modificar o alterar lo resuelto; es decir, que la potestad concedida por la norma descrita en líneas supra, no puede ser utilizada para modificar, alterar o sustituir en todo o en parte una resolución ya emitida.
En ese contexto, es importante realizar las siguientes precisiones: En cuanto a la naturaleza jurídica de la explicación, complementación y enmienda, Lino Palacio define: “El recurso de aclaratoria es el remedio concedido para obtener que el mismo órgano judicial que dictó una resolución, subsane las deficiencias de orden material o conceptual que la afecten; o bien la integre, de conformidad con las cuestiones oportunamente introducidas al proceso, como materia de debate, supliendo las omisiones de que adolece el pronunciamiento”.1 El tratadista A.A.P. (Lecciones de Derecho Procesal Civil Tomo I. p. 861) señala que: “Se entiende por error material, aquél que no se refiera a la manera de discurrir del juez; sino a la expresión escrita de ese discurrir. El error material ha de ser evidente, de tal manera que la realidad de la intención defectuosamente expresada, resulte cierta de una parte de la investigación, excluyéndose cualquier valoración compleja; pues, de otro modo, la aclaratoria podría obligar a un nuevo juicio y dar lugar a una nueva voluntad en contradicción con la anterior. Son errores materiales, por ejemplo, los de copia en que hubiere incurrido el juez acerca de los nombres y calidades de las partes y la contradicción que pudiere existir entre las partes considerativas y dispositivas de una resolución”. Continúa señalando: “Por concepto oscuro, se entiende cualquier discordancia que resulte entre la idea y los vocablos entrelazados para representarla; es una cuestión puramente idiomática que el juez deberá examinar con cuidado, a fin de evitar abusos en el recurso de aclaratoria. Si los términos son lo suficientemente claros, no deberá explicarlos ni insistir sobre ellos, sino que se deberá limitar a decir “no ha lugar” en virtud de esa claridad. Es importante no confundir la oscuridad con la equivocación. El recurso de aclaratoria no puede servir para encubrir una reposición...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.