Resolucion NºRAR-ANH-DJ-UGJN Nº 0065-2025 de Agencia Nacional de Hidrocarburos, 2025

Año2025
Número de resolución0065-2025
Fecha03 Febrero 2025
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0065/2025 Página 1 de 2
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0065/2025
La Paz, 03 de febrero de 2025
VISTOS:
Los informes INF DRE UPTC 0044/2025 e INF DRE UPTC 0045/2025 ambos de 03/02/2025, a través
de los cuales se establecen los Precios Finales Internacionales del Gas Natural Vehicular, de la
Gasolina Especial y del Diésel Oíl, así como su Diferencial de Precios; el informe INF DRE UPTC
0046/2025 de 03/02/2025, que actualiza el IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional y sus precios Pre
Terminal y Máximo Final; y el informe INF DRE UPTC 0047/2025 de 03/02/2025, que fija el Margen
Minorista de GNV y el valor del Aporte al Fondo de Conversión (AFC), para el mes de febrero de la
presente gestión; y el Informe Legal DJ-UGJN 0113/2025 de 03/02/2025.
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 9 y 89 de la Ley de Hidrocarburos N° 3058 de 17/05/2005, el parágrafo III del artículo
18 de la Ley Nº 100 de 04/04/2011, el artículo 5 del Decreto Supremo de Nacionalización N° 28701 de
01/05/2006, el Decreto Supremo N° 29814 de 27/11/2008 y sus modificaciones, el artículo 5 del Decreto
Supremo N° 28932 de 20/11/2006, la Disposición Adicional Segunda del Decreto Supremo N° 2242 de
07/01/2015, Resolución Administrativa RAR-ANH-ULGR N° 0023/2015 de 13/01/2015, el parágrafo I
de Disposición Adicional Segunda del Decreto Supremo N° 2049 de 02/07/2014, la Resolución
Ministerial MHE N° 188-14 de 11/09/2014, el Decreto Supremo N° 27993 de 28/01/2005, la Resolución
Normativa de Directorio del Servicio de Impuestos Nacionales Nº 102400000035 de 19/12/2024, el
Decreto Supremo N° 29629 de 02/07/2008, el Decreto Supremo N° 29032 de 16/02/2007, el Decreto
Supremo N° 29049 de 01/03/2007, establecen el marco normativo aplicable a la fijación de precios por
parte del Ente Regulador. Asimismo, el articulo único del Decreto Supremo Nº 5106 de fecha 17 de
enero de 2024.
Que, el Informe Legal DJ-UGJN 0113/2025 de 03/02/2025, concluye que las valoraciones técnicas
guardan concordancia con las disposiciones normativas vigentes, por lo que se recomienda la emisión
de la correspondiente Resolución Administrativa para la fijación de precios internacionales y la
aplicación de lo determinado en el articulo único del Decreto Supremo Nº 5106 de fecha 17 de enero
de 2024.
POR TANTO:
El Director Ejecutivo a.i., de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, designado mediante Resolución
Suprema N° 27240 de 19/11/2020, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley del
Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28/10/1994, la Ley N° 3058 de 17/05/2005, y
normativa vigente, a nombre del Estado Boliviano;
RESUELVE:
PRIMERO.- FIJAR los siguientes Precios Finales de la Gasolina Especial Internacional, el Diésel Oíl
Internacional y el Gas Natural Vehicular Internacional y sus correspondientes Diferenciales, a ser
aplicados por todas las Estaciones de Servicio a nivel nacional a medios de transporte con placa de
circulación extranjera:
Producto
Precio Final
Internacional
(Bs./Lt.)
Diferencial
Precios
(Bs./Lt.)
Gasolina Especial Internacional
8,68
4,94

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