Resolucion NºRAR-ANH-DJ-UGJN Nº 0476-2024 de Agencia Nacional de Hidrocarburos, 2024

Año2024
Número de resolución0476-2024
Fecha02 Septiembre 2024
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR -ANH-DJ-UGJN N° 0476/2024 Página 1 de 2
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0476/2024
La Paz, 02 de septiembre de 2024
VISTOS:
Los informes INF DRE UPTC 0371/2024 e INF DRE UPTC 0367/2024 ambos de 02/09/2024, a
través de los cuales se establecen los Precios Finales Internacionales del Gas Natural Vehicular,
de la Gasolina Especial y del Diésel Oíl, así como sus Diferenciales; el informe INF DRE UPTC
0368/2024 de 02/09/2024, que actualiza el IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional y sus precios Pre
Terminal y Máximo Final; y el informe INF DRE UPTC 0369/2024 de 02/09/2024, que fija el Margen
Minorista de GNV y el valor del Aporte al Fondo de Conversión (AFC), para el mes de septiembre
de la presente gestión.
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 9 y 89 de la Ley de Hidrocarburos N° 3058 de 17/05/2005, el parágrafo III del
artículo 18 de la Ley Nº 100 de 04/04/2011, el artículo 5 del Decreto Supremo de Nacionalización
N° 28701 de 01/05/2006, el Decreto Supremo N° 29814 de 27/11/2008 y sus modificaciones, el
artículo 5 del Decreto Supremo N° 28932 de 20/11/2006, la Disposición Adicional Segunda del
Decreto Supremo N° 2242 de 07/01/2015, Resolución Administrativa RAR-ANH-ULGR N°
0023/2015 de 13/01/2015, el parágrafo I de Disposición Adicional Segunda del Decreto Supremo
N° 2049 de 02/07/2014, la Resolución Ministerial MHE N° 188-14 de 11/09/2014, el Decreto
Supremo N° 27993 de 28/01/2005, la Resolución Normativa de Directorio del Servicio de Impuestos
Nacionales Nº 102300000036 de 13/12/2023, el Decreto Supremo N° 29629 de 02/07/2008, el
Decreto Supremo N° 29032 de 16/02/2007, el Decreto Supremo N° 29049 de 01/03/2007,
establecen el marco normativo aplicable a la fijación de precios por parte del Ente Regulador.
Asimismo, el articulo único del Decreto Supremo Nº 5106 de fecha 17 de enero de 2024.
Que, el Informe Legal DJ-UGJN 0734/2024 de 02/09/2024, concluye que las valoraciones técnicas
guardan concordancia con las disposiciones normativas vigentes, por lo que se recomienda la
emisión de la correspondiente Resolución Administrativa para la fijación de precios internacionales
y la aplicación de lo determinado en el articulo único del Decreto Supremo Nº 5106 de fecha 17 de
enero de 2024.
POR TANTO:
El Director Ejecutivo a.i., de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, designado mediante Resolución
Suprema N° 27240 de 19/11/2020, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley
del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28/10/1994, la Ley N° 3058 de
17/05/2005, y normativa vigente, a nombre del Estado Boliviano;
RESUELVE:
PRIMERO.- FIJAR los siguientes Precios Finales de la Gasolina Especial Internacional, el Diésel
Oíl Internacional y el Gas Natural Vehicular Internacional y sus correspondientes Diferenciales, a
ser aplicados por todas las Estaciones de Servicio a nivel nacional a medios de transporte con
placa de circulación extranjera:
Producto
Precio Final
Internacional
(Bs./Lt.)
Diferencial
Precios
(Bs./Lt.)
Gasolina Especial Internacional
8,68
4,94
Diésel Oíl Internacional
8,88
5,16

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