Resolución Nº RA05-0323-95 de Servicio de Impuestos Nacionales, 28-09-1995

Fecha28 Septiembre 1995
Número de resoluciónRA05-0323-95
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 05-323-95
La Paz, 28 de Septiembre de 1995
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el Art. 5to. del Decreto Supremo No. 24051 de 29-06-95, establece el plazo de tres meses
posteriores a la vigencia del mismo, para la formalización ante la Administración Tributaria de la
exención del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, dispuesta en el inciso b) del Art. 49
de la Ley 843 (Texto Ordenado en 1995).
Que, en atención a reiteradas solicitudes de las entidades beneficiarias y con la finalidad de
facilitar a los contribuyentes el cumplimiento del procedimiento, establecido en la Resolución
Administrativa No. 05-320-95 de 26-09-95 es necesario el otorgamiento de un plazo mayor.
POR TANTO:
La Dirección General de Impuestos Internos, en uso de las facultades conferidas por el Art. 127
del Código Tributario,
RESUELVE:
Prorrogar con carácter de excepción el plazo señalado en el Art. 5to. del Decreto Supremo No.
24051 de 29-06-95 hasta el 29 de diciembre de 1995 para que las Asociaciones, Fundaciones o
Instituciones no lucrativas autorizadas legalmente y beneficiarias de la exención del Impuesto
sobre las Utilidades las Empresas IUE, puedan tramitar su reconocimiento como entidad exenta
ante la Administración Tributaría.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.

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