Resolución Nº 345 de Ministerio de Medio Ambiente y Agua, 2018-06-25
Número de resolución | 345 |
Fecha | 25 Junio 2018 |
Año | 2018 |
Tipo de documento | Resolución |
MMAyA
Ministerio de Medio Ambiente y Agua
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
La Paz, -
7
5 JUN 2019
VISTOS:
A través de Hoja de Ruta MMAyA/2018-20477, la Dirección General de Asuntos Administrativos
del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, solicita la Actualización de los Cuadros de Equivalencia
para la remuneración de Consultores Individuales de Línea y Personal Eventual; y todo cuanto a
ver convino y se tuvo presente.
CONSIDERANDO:
que las Ministras y los Ministros de Estado tienen como una de sus atribuciones la de dictar
normas administrativas en el ámbito de su competencia.
Que el Artículo 14 del Decreto Supremo N° 29894 de 7 de febrero de 2009, de Estructura
Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, establece que son atribuciones de
los Ministros: "4)
Dictar normas administrativas en el ámbito de su competencia"; y "22) Emitir
resoluciones ministeriales en el marco de sus competencias".
Que los Artículos 94 y 95 del Decreto Supremo N° 29894, modificada por los Artículos 6 y 11 del
Decreto Supremo
N°
0429, de 10 de febrero de 2010, respectivamente, establecen la estructura
jerárquica y atribuciones del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, en el marco de las
competencias asignadas al nivel central por la Constitución Política del Estado.
Que mediante Ley N° 1006, de 20 de diciembre de 2017, se aprueba la Ley del Presupuesto
General del Estado del sector público para la Gestión Fiscal 2018.
Que el inciso r) de la Disposición Final Cuarta de la citada Ley, ratifica la vigencia del Artículos 5
de la Ley N° 856 de 28 de noviembre de 2016; los incisos a), b) y c) del Parágrafo III del Artículo
5 de la referida Ley, señala que las contrataciones del Servicio de Consultoría Individual de Línea
deberán tomar en cuenta los siguientes aspectos: a) El Consultor Individual de Línea, desarrollará
sus actividades con dedicación exclusiva en la entidad contratante, de acuerdo a los términos de
referencia y contrato suscrito; b) En los Ministerios de Estado, el monto máximo de los honorarios
del Consultor Individual de Línea, no deberá ser mayor a la remuneración mensual de un Director
General; c) El nivel de remuneración de un Consultor Individual de Línea en las entidades del
sector público, debe estar definido en función a la escala salarial aprobada en la entidad y las
funciones establecidas para el personal de planta, para lo cual no se requiere ningún instrumento
legal adicional.
Que en el Parágrafo I del Artículo 14 del Decreto Supremo N° 3034 de 28 de diciembre de 2016,
establece que, la definición de la remuneración del personal eventual, debe estar establecida en
función a la escala salarial, para lo cual, las unidades administrativas de cada entidad, elaborarán
el cuadro de equivalencia de funciones que será elevado por la Unidad Jurídica y con el Visto
Bueno (Vo.Bo.) de la M.A.E.
que:
"La definición de la remuneración del personal eventual, debe estar establecida en función
a la escala salarial, para lo cual, las unidades administrativas de cada entidad, elaborarán el
cuadro de equivalencia de funciones que será avalado por la Unidad Jurídica y con Visto Bueno
(Vo.Bo.) de la MAE";
asimismo el Artículo 16, establece que:
"La definición de las remuneraciones
de los consultores individuales de línea, debe estar establecida en función a la escala salarial;
para lo cual, las unidades administrativas de cada entidad, elaborarán el cuadro de equivalencia
de funciones que será avalado por la Unidad Jurídica y con Visto Bueno (Vo. Bo.) de la MAE".
Que mediante Decreto Supremo
3545 de 01 de mayo de 2018, establece la escala salarial
para las máximas autoridades del Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado; así como el
incremento salarial al haber básico de las servidoras y los servidores públicos; posteriormente, el
Calle Cap. Castrillo N
°
434, entre Av. zo de Octubre y Héroes del Acre • Tel: 2115571 — Fax: 2115573 Int. 1541 • mmaya@mmaya.gob.bo
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba