Resolución Nº 102500000050 de Servicio de Impuestos Nacionales, 18-12-2025
| Número de registro | 102500000050 |
| Fecha | 18 Diciembre 2025 |
| Fecha de publicación | 23 Diciembre 2025 |
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO N° 102500000050
R-0011-01
ACTUALIZACIÓN DEL IUE - PERSONAS NATURALES QUE PRESTAN SERVICIO PÚBLICO
DE TRANSPORTE INTERDEPARTAMENTAL DE PASAJEROS Y CARGA
La Paz, 18 de diciembre de 2025
VISTOS Y CONSIDERANDO:
establece que la Administración Tributaria podrá dictar normas reglamentarias administrativas de
carácter general a los efectos de la aplicación de las normas tributarias, las que no podrán
modificar, ampliar o suprimir el alcance del tributo ni sus elementos constitutivos.
Que, el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 28988 de 29 de diciembre de 2006, establece el importe
para el pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), para aquellas personas
naturales que prestan servicios de transporte interdepartamental de pasajeros o carga, afiliados o
no a líneas sindicales y que tengan registrado a su nombre hasta dos (2) vehículos automotores
con una antigüedad igual o mayor a los seis (6) años.
Que, el Decreto Supremo N° 29745 de 15 de octubre de 2008, tiene por objeto sustituir el importe
de pago del IUE, establecido en el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 28988, sólo para las personas
naturales que prestan el servicio de transporte interdepartamental de carga, de acuerdo a la
capacidad de carga y arrastre de sus vehículos automotores.
Que, los Artículos 2 y 3 del Decreto Supremo N° 29745, establecen una escala de categorización
por tipo de vehículo y capacidad de carga, con pagos anuales por concepto del Impuesto sobre las
Utilidades de las Empresas con los siguientes importes: Livianos Bs2.000.-(DOS MIL 00/100
BOLIVIANOS); Medianos Bs2.200 (DOS MIL DOSCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS), Pesados y
Tractocamiones Bs2.600.-(DOS MIL SEISCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS), que deben ser
actualizados anualmente en base a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV),
conforme a lo establecido en el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 28988 de 29 de diciembre de
2006.
Que, en cumplimiento del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 28988, es necesario actualizar el
importe para el pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) para la gestión 2025,
de personas naturales que prestan servicio público de transporte interdepartamental de pasajeros y
carga.
Que, conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo N ° 26462 de 22 de diciembre de
en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución
Administrativa de Directorio N° 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a
suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.
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