Resolución Nº 102500000027 de Servicio de Impuestos Nacionales, 06-06-2025
Número de registro | 102500000027 |
Fecha | 06 Junio 2025 |
Fecha de publicación | 07 Junio 2025 |
102500000019
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 102500000027
R-0011-01
CONTROL DE EXISTENCIAS Y PRODUCCIÓN - ICE
La Paz, 06de juniode 2025
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece
que la Administración Tributaria podrá dictar normas administrativas de carácter general a los efectos
de la aplicación de las normas tributarias, las que no podrán modificar, ampliar o suprimir el alcance
del tributo ni sus elementos constitutivos.
Que el Artículo 79 de la Ley Nº 843, crea en todo el territorio nacional el Impuesto a los Consumos
Específicos, que se aplica sobre las ventas e importaciones definitivas de bienes muebles, situados o
colocados en el territorio del país, detallados en el Anexo del citado Artículo.
Que la Disposición Adicional Cuarta de la Ley Nº 1006 de 20 de diciembre de 2017, modifica el Título
del Parágrafo I y su Numeral 1 del Anexo del Artículo 79 de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado vigente),
incorporando al cálculo del impuesto una base imponible expresada en unidades de producto vendido
o importado sobre la cual se aplicarán alícuotas específicas según el tipo de producto establecido en
dicha norma.
Que en el marco de la Resolución Normativa de Directorio (RND) N° 102200000022 de 29 de
septiembre de 2022, con la finalidad de actualizar la gestión de la información que presentan los
Sujetos Pasivos alcanzados por el Impuesto a los Consumos Específicos (ICE), es necesario migrar la
infomación de los Formularios 185 y 630 a una nueva plataforma integrada al SIAT, que permita la
parametrización de la información para un registro sencillo, digital y en línea.
Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de
2001, Reglamento de la Ley Nº 2166, del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo
en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa
de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir
Resoluciones Normativas de Directorio.
POR TANTO:
El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas
por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano y las
disposiciones precedentemente citadas.
RESUELVE:
Artículo 1. (Objeto).- La presente Resolución tiene por objeto implementar el uso del módulo
“Control de Existencias y Producción –CEP”, para la presentación de las Declaraciones Juradas 650,
651 y 652, a través del SIAT en Línea.
Artículo 2. (Alcance).-Se encuentran alcanzados por la presente Resolución, los Sujetos Pasivos
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