Resolución Nº 102500000026 de Servicio de Impuestos Nacionales, 03-06-2025
Número de registro | 102500000026 |
Fecha | 03 Junio 2025 |
Fecha de publicación | 04 Junio 2025 |
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 102500000026
R-0011-01
“PRÓRROGA DE VENCIMIENTO PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
TRIBUTARIAS"
La Paz, 03 de Junio de 2025
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece
que la Administración Tributaria podrá dictar normas administrativas de carácter general a los
efectos de la aplicación de las normas tributarias, las que no podrán modificar, ampliar o suprimir el
alcance del tributo ni sus elementos constitutivos.
Que conforme lo dispuesto en el Numeral 7 del Artículo 66 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de
2003, Código Tributario Boliviano, la Administración Tributaria puede conceder prórrogas de oficio.
Que en el marco de la Resolución Normativa de Directorio N° 102200000022 de 29 de septiembre
de 2022, el Servicio de Impuestos Nacionales viene implementando nuevos módulos al SIAT en
Línea, proceso que requiere la realización de adecuaciones técnicas y operativas, por lo que a
efectodegarantizar elcumplimiento correctoy oportuno delas obligacionestributarias,es
necesario prorrogar el plazo para la presentación de Declaraciones Juradas y pago de impuestos
del periodo fiscal mayo 2025.
Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de
2001, Reglamento de aplicación de laLey Nº 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales, el
Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la
Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra
autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.
POR TANTO:
ElPresidenteEjecutivoa.i.delServiciode ImpuestosNacionales,enusodelasfacultades
conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano,
y las disposiciones precedentemente citadas,
RESUELVE:
Artículo Único.- I. Prorrogar el plazo para la presentación de Declaraciones Juradas y pago de
impuestos del periodo fiscal mayo 2025, cuyo vencimiento está sujeto a la terminación del NIT,
conforme la siguiente distribución :
TERMINACIÓN DEL NITPLAZO DE VENCIMIENTO
0, 117 de junio de 2025
2, 318 de junio de 2025
4, 520 de junio de 2025
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