Resolución Nº 102500000007 de Servicio de Impuestos Nacionales, 11-02-2025

Número de registro102500000007
Fecha11 Febrero 2025
Fecha de publicación12 Febrero 2025
102500000003
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 102500000007
R-0011-01
PRÓRROGA DE VENCIMIENTO PARA EL CUMPLIMIENT O DE
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
La Paz, 11 de Febrero de 2025
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece
que la Administración Tributaria podrá dictar normas administrativas de carácter general a los efectos
de la aplicación de las normas tributarias, las que no podrán modificar, ampliar o suprimir el alcance
del tributo ni sus elementos constitutivos.
Que conforme lo dispuesto en el Numeral 7 del Artículo 66 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003,
Código Tributario Boliviano, la Administración Tributaria puede conceder prórrogas de oficio.
Que mediante Resolución Normativa de Directorio (RND) N° 102100000011 de 11 de agosto de 2021,
se dispuso el registro y/o confirmación de Documentos Fiscales a través del Registro de Compras y
Ventas (RCV).
Que el Parágrafo III de la Disposición Transitoria Única de la RND Nº 102400000021 de 20 de
septiembre de 2024, señala que el envío de la información de las transacciones obligadas a
respaldarse con documento de pago correspondiente a la Gestión 2024, deberá realizarse
consolidando la información anual de los periodos de enero a diciembre, independientemente de la
fecha de cierre de gestión fiscal que corresponda, de acuerdo a cronograma según terminación del
NIT.
Que se han identificado problemas de enrutamiento en la red de determinados proveedores de
servicios de internet (ISP), afectando la conectividad de los contribuyentes y usuarios de los sistemas
del Servicio de Impuestos Nacionales, que impidieron el acceso oportuno a las plataformas digitales
para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo N° 26462 de 22 de diciembre de 2001,
Reglamento de Aplicación de la Ley 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente
Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución
Administrativa de Directorio N° 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a
suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.
POR TANTO:
El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas
por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las
disposiciones precedentemente citadas,
RESUELVE:
Art ículo Único.- I. Prorrogar hasta el 12 de febrero de 2025, el plazo de vencimiento establecido
en la Resolución Normativa de Directorio N° 102100000011 para el registro y/o confirmación de

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