Resolución Nº 102400000037 de Servicio de Impuestos Nacionales, 19-12-2024
Número de registro | 102400000037 |
Fecha | 19 Diciembre 2024 |
Fecha de publicación | 20 Diciembre 2024 |
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 102400000037
R-0011-01
ACTUALIZACIÓN DE LAS ALÍCUOTAS ESPECÍFICAS DEL IMPUESTO A LOS CONSUMOS
ESPECÍFICOS (ICE) PARA LA GESTIÓN 2025
La Paz, 19 de diciembre de 2024
VISTOS Y CONSIDERANDOS:
Que el Artículo 64 de la Ley N° 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano,
establece que la Administración Tributaria, podrá dictar normas administrativas de carácter
general a los efectos de la aplicación de la normativa tributaria, las que no podrán modificar,
ampliar o suprimir el alcance del tributo ni sus elementos constitutivos.
Que el Artículo 79 de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado vigente) crea un impuesto denominado
Impuesto a los Consumos Específicos, que se aplica sobre la venta de bienes muebles situados
o colocados en el territorio del país y las importaciones definitivas de bienes muebles, ambas
conforme a Anexo al citado Artículo. Asimismo, dispone que el reglamento establecerá las
partidas arancelarias en función a la nomenclatura que corresponda a los bienes incluidos.
Que la Disposición Adicional Cuarta de la Ley Nº 1006 de 20 de diciembre de 2017, modifica el
Título del Parágrafo I y el Numeral 1 del Anexo del Artículo 79 de la Ley Nº 843 (Texto
Ordenado vigente), incorporando al cálculo del impuesto una base imponible expresada en
unidades de producto vendido o importado sobre la cual se aplicarán alícuotas específicas
según el tipo de producto establecido en dicha norma.
Que la Disposición Adicional Segunda de la Ley Nº 1462 de 9 de septiembre de 2022, modifica
el Parágrafo II del Anexo del Artículo 79 de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado vigente)
incorporando rangos de alícuotas para los productos gravados con alícuotas específicas y
porcentuales.
Que los Parágrafos I y II del Anexo del Artículo 79 de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado vigente)
señalan que las alícuotas específicas dispuestas en el citado artículo serán actualizadas por la
Administración Tributaria para cada gestión.
Que el Parágrafo II del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 0744 de 22 de diciembre de 2010,
modifica el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 24053 de 29 de junio de 1995, estableciendo
que las alícuotas específicas del Impuesto a los Consumos Específicos serán actualizadas
mediante Resolución Administrativa emitida por el Servicio de Impuestos Nacionales para su
aplicación del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, de acuerdo a la variación de la
Unidad de Fomento de Vivienda ocurrida en el año fiscal anterior.
Que el Artículo Único del Decreto Supremo Nº 4842 de 21 de diciembre de 2022 sustituye la
tabla establecida en el primer párrafo del Artículo 1 del Decreto Supremo N° 24053 de 29 de
junio de 1995, referente a las bebidas alcohólicas y no alcohólicas.
Que mediante Resolución Normativa de Directorio Nº 102300000038 de 20 de diciembre de
2023, el Servicio de Impuestos Nacionales actualizó las alícuotas del Impuesto a los Consumos
Específicos para la gestión 2024.
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