Resolución Nº 102300000023 de Servicio de Impuestos Nacionales, 28-07-2023
Número de registro | 102300000023 |
Fecha | 28 Julio 2023 |
Fecha de publicación | 30 Julio 2023 |
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 102300000023
R-0011-01
TRANSITORIEDAD EN LA IMPLEMENTACIÓN DE MODALIDADES DE FACTURACIÓN EN
LÍNEA - QUINTO GRUPO DE CONTRIBUYENTES
La Paz, 28 de julio de 2023
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece
que la Administración Tributaria podrá dictar normas administrativas de carácter general a los efectos
de la aplicación de las normas tributarias, las que no podrán modificar, ampliar o suprimir el alcance
del tributo ni sus elementos constitutivos.
Que mediante Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102100000011 de 11 de agosto de 2021,
el Servicio de Impuestos Nacionales reglamentó el Sistema de Facturación en el Estado Plurinacional
de Boli via, e n el marco de la Ley Nº 843 ( Texto Ordenado vigente), Decreto Supremo Nº 21530
Reglamento del Impuesto al Valor Agregado y demás normativa relacionada en el ámbito tributario.
Que mediante RND Nº 102300000019 de 27 de junio de 2023,
“Quinto Grupo de Contribuyentes que
deben Implementar una Modalidad de Facturación en Línea”
, el Servicio de Impuestos Nacionales
designó el quinto grupo de contribuyentes que deben implementar una modalidad de facturación en
línea, estableciendo la fecha a partir de la cual deben dar inicio a la emisión de Documentos Fiscales
Digitales.
Que a efecto de viabilizar la realización de los ajustes pertinentes hasta una implementación integral
por parte de los contribuyentes alcanzados por la RND Nº 102300000019 en sus Sistemas
Informáticos de Facturación, esta Administración Tributaria considera necesario establecer un periodo
transitorio en el cual puedan emitir Documentos Fiscales a través de la modalidad de facturación en
línea asignada así como en las modalidade s de facturación Computarizada SFV o manual utilizadas
con anterioridad.
Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciem bre de
2001, Reglamento de la Ley Nº 2166 del Servicio de Impuest os Nacionales, el Presidente Ejecutivo
en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa
de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir
Resoluciones Normativas de Directorio.
POR TANTO:
El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas
por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las
disposiciones precedentemente citadas,
RESUELVE:
Artículo Único.- I. A efecto de facilitar la implementación de sus Sistemas Informáticos de
Facturación, los contribuyentes alcanzados por la RND Nº 102300000019 de 27 de junio de 2023
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