Un reporte necesario. La lucha de los trabajadores médicos

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n los últimos años, uno de
los sectores más
movilizados en el país es el de
los trabajadores médicos de la
salud pública y de la seguridad
social de corto plazo, afiliados
al Colegio Médico de Bolivia,
y el que también viene
soportando una mayor
arremetida del gobierno con
acciones tendientes a su
descalificación y debilitamiento.
Una suma de medidas
gubernamentales que tuvo
como corolario reciente la
aprobación de una Acción
Popular para conculcar el
derecho a la huelga y acallar las
demandas de los médicos
asalariados.
UN SECTOR
MOVILIZADO
Entre febrero y mayo de
2012, los médicos asalariados
de la salud pública del país
protagonizaron, como nunca
antes en su historia, una gran
movilización contra el
gobierno de Evo Morales en
rechazo al Decreto Supremo
1126 (24/01/2012) que
dispuso arbitrariamente el
restablecimiento de la jornada
de ocho horas, desconociendo
el derecho conquistado por el
sector de una jornada de seis
horas y otra de medio tiempo
de tres horas. Un primer atisbo
de lucha colectiva se produjo
en 2010 cuando se movilizaron
contra el proyecto de ley de
pensiones promovido por el
gobierno, incidiendo posi-
tivamente en la paulatina
concientización de los
profesionales médicos respecto
de sus condiciones y derechos
laborales afectados (Escobar,
S. et. al, 2014).
Desde entonces, el sector
mantuvo un estado de apronte
y movilización en contra de
ciertas políticas públicas y en
defensa de sus derechos
gremiales y laborales.
Precisamente en esta tónica, a
mediados de mayo del presente
o, el Colegio Médico de
Bolivia, órgano matriz del
sector, lideró un paro de 48
horas en rechazo de los
decretos supremos 3091 y 3092
que determinaron la creación
de la Autoridad de Fiscalización
y Control del Sistema Nacional
de Salud y la libre afiliación,
desafiliación y reafiliación de
las entidades públicas en la
seguridad social de corto plazo
(Eju tv, 17/05/2017).
El gobierno organizó una
mesa de diálogo con los
dirigentes del sector para
negociar la vigencia de ambas
medidas, empero, esta instancia
no prosperó porque el
Defensor del Pueblo había
interpuesto ante el Tribunal
Constitucional un recurso de
Acción Popular en contra del
Colegio Médico de Bolivia por
el paro de 48 horas efectuado
entre el 11 y 12 de mayo por
haber afectado supuestamente
el derecho al acceso a la salud
de la población asegurada. El
hecho fue calificado por el
presidente del gremio como
una "puñalada en la espalda” ya
que mientras el gobierno
hablaba de “diálogo”, la
Defensoría arremetía con una
medida de penalización de la
huelga (La Razón,
29/05/2017).
LOS DECRETOS
CUESTIONADOS
El Decreto Supremo 3091
pro
mulgado el 15 de febrero de
2017, dispuso la creación de la
Autoridad de Fiscalización y
Control del Sistema Nacional
La lucha de los trabajadores médicos
de Salud, una entidad técnica y
operativa cuya finalidad es
regular este sistema y “lograr el
cumplimiento de las políticas y
normativas nacionales de salud para
brindar atención de salud con calidad
a la población boliviana” (Art. 2),
concentrando para el efecto
varias atribuciones y funciones.
Según uno de los dirigentes del
Colegio Médico de Bolivia, esta
disposición es inconstitucional
porque vulnera el artículo 12
de la CPE que establece que
“las funciones de los órganos
públicos no pueden ser
reunidas en un solo órgano”,
es decir, una entidad pública
“no puede ser normador,
fiscalizador y sancionador” al
mismo tiempo. Asimismo, de
acuerdo al dirigente, desconoce
el artículo 213 de la CPE, por
asumir las funciones de
fiscalización y regulación
otorgadas a la Contraloría
General del Estado por privar
competencias a los gobiernos
departamentales delegadas por
la Ley de Autonomías (Página
Siete, 19/05/2017).
La creación de la Autoridad
mencionada es concomitante
con el propósito del gobierno
de implementar un Seguro
Único de Salud en el país
recurriendo al patrimonio y
servicios de las cajas de salud,
sin invertir en la mejora de la
infraestructura de salud pública.
Sin embargo, es ingenuo pensar
que la creación de una
Autoridad como la señalada
pueda contribuir, a través del
cumplimiento de normas y
políticas públicas de salud, a la
mejora de la calidad de la
atención de salud. Este
objetivo, y mucho más la
mejora sustancial de la calidad
de la atención en salud, pasa
por impulsar una política
nacional de salud que con
recursos suficientes del Estado
pueda implementar cambios
trascendentales en
infraestructura (más hospitales
de tercer y cuarto nivel),
equipos y tecnología médica,
en el número necesario de
ítems para personal médico y
en investigación científica, todo
orientado a promover al acceso
a un seguro de salud para toda
la población boliviana. La
puesta en marcha de esta
instancia refuerza la estructura
burocrática y administrativa del
sistema de salud promovida
por el gobierno dejando de
lado los problemas
estructurales de la salud pública
en el país. .
Por consiguiente, la
constitución de esta Autoridad,
parece tener otras pretensiones
de “control y fiscalización” en
un contexto de franca
movilización de los
profesionales médicos y de
cuestionamiento de la salud
pública y de la seguridad social
de corto plazo por parte de
otros sectores laborales. Contar
con una instancia que tiene
entre otras atribuciones
“sancionar a las entidades del Sistema
Nacional de Salud que incumplan
con la normativa vigente” (DS 3091,
inc. e) o como función
“implantar medidas correctivas” por
cualquier “responsabilidad
administrativa, civil o penal en la
atención de salud (…)”, (DS 3091,
inc. f) parece orientarse al
control y represión de las luchas
de los trabajadores en salud y
de cualquier manifestación de
protesta, bajo el argumento de
haberse cometido alguna falta
contra la salud pública que sea
pasible de sanción.
La otra norma rechazada
fue
el Decreto Supremo 3092,
promulgado el 15 de febrero
de 2017 que establece la “libre
afiliación, desafiliación y reafiliación
gradual en el seguro social de corto
plazo” (Art. Único, Par. I),
aplicable a las entidades y
empresas públicas en todos sus
niveles. Esta norma fue elevada
a rango de ley con la Ley 922
del 29 de marzo de 2017,
desoyendo los cuestio-
namientos del Colegio Médico
de Bolivia y de otros sectores
laborales.
Ambas normas desconocen
la orientación de los Decretos
Supremos 24540 de 31 de
marzo de 1997 y 25798 de 2
junio de 2000 y de la Resolu-
ción Administrativa 168/2000
de 26 de julio de 2010 dispuesta
por el Instituto Nacional de
Seguridad Social que aprueba
el “Reglamento Específico de
Afiliación, Desafiliación y
Reafiliación en el Seguro Social
de Corto Plazo” para todas las
empresas públicas y privadas.
Las disposiciones mencionadas
establecen en esencia la libre
elección del trabajador de la
caja de salud a la cual afiliarse
y la obligación de las empresas
de afiliar o reafiliar a sus traba-
jadores.
En el caso de la
desafiliación, el reglamento
mencionado determina que la
empresa debe exponer “los
motivos debidamente justificados y
fundamentados sujeto a verificación
y evaluación del ente gestor
involucrado” (caja de salud). (Art.
7) en previsión de que la acción
de desafiliarse no se convierta
en un hecho caótico que ponga
en riesgo la integralidad de la
seguridad social de corto plazo.
El decreto cuestionado no
busca velar por la integralidad
y el fortalecimiento del seguro
de salud de corto plazo sino
contribuir a la represión de la
huelga y del sindicato de uno
"Lastimosamente, es por cansancio que el Gobierno soluciona todos los problemas.
Lo ha hecho con varios sectores, quieren desgastarnos como a los discapacitados
(...). No les gusta solucionar los problemas de fondo” (Dirigente del Colegio Médico
de La Paz, Página Siete, 03/07/2017).
CONFLICTOS LABORALES - 5
Octubre de 2017
UN REPORTE NECESARIO
E
de los principales entes gestores
del país como es la Caja Nacional
de Salud que cubre a la mayor
parte de los afiliados de la
seguridad social de corto plazo.
Entre los considerandos de esta
disposición se lee claramente que
“se ha advertido deficiente atención a
los asegurados y constantes paros
generales protagonizados por el
sindicato de la Caja Nacional de
Salud, que ponen en constante riesgo
el acceso al derecho a la salud de la
población asegurada lo que no permite
cumplir con el precepto constitucional
de garantizar y asegurar su atención
con oportunidad, eficacia y calidad,
por lo que es necesario que el Gobierno
(…) asuma medidas para garantizar
el acceso a la salud de sectores masivos
de trabajadores.”
El argumento de que las
acciones de afiliación,
desafiliación y reafiliación que
puedan efectuar las entidades
públicas, podrían coadyuvar a
garantizar la atención de salud
con “oportunidad, eficacia y calidad”,
no tiene asidero alguno, más que
aquel orientado a penalizar la
huelga en la creencia de que esta
acción de los trabajadores es
perjudicial y atentatoria al
derecho a la salud de la
población.
Es importante recordar que
el derecho a la salud de la
población es una responsabilidad
del Estado no de la población ni
de sus organizaciones. La
impulsada por el actual gobierno
dispone tácitamente que “El
Estado tiene la obligación indeclinable
de garantizar y sostener el derecho a
la salud, que se constituye en una
función suprema y primera
responsabilidad financiera” (Art. 37).
Por consiguiente, garantizar la
atención de salud, mucho más si
es con calidad, no pasa por
promover medidas punitivas e
irracionales sino, protegiendo
este derecho, “promoviendo políticas
púbicas orientadas a mejorar la calidad
de vida, el bienestar colectivo y el acceso
gratuito de la población a los servicios
de salud.” (CPE, Art. 35.I). Entre
estas políticas está sin duda, la
política nacional de salud
demandada por los trabajadores.
En perspectiva, la eventual
desafiliación de entidades públi-
cas de la Caja Nacional de Salud
podría afectar significativamente
el patrimonio y la sostenibilidad
económica de este ente gestor
ahondando la crisis que la aqueja
desde hace varios años atrás y
por el que es objeto de interven-
ción del gobierno para su “rees-
tructuración”.
"Nosotros estamos en contra de
estos malditos decretos que ha
sacado el Gobierno. No vamos a
retroceder, no vamos a permitir que
quiera adueñarse del dinero de la
Caja Nacional de Salud para dar
salud a todos los bolivianos.
Entendemos que se quiera que
todos los bolivianos tengamos salud
gratuita, pero eso debe pagar el
Estado, de ninguna manera debe
salir de la espalda de los
trabajadores” (Dirigente del
Sindicato de Trabajadores de
la Caja Nacional de Salud,
Página Siete, 27/06/2017).
Finalmente y para corroborar
una vez más que el gobierno
despliega acciones represivas
contra los trabajadores médicos,
el régimen de Evo Morales
promulgó el Decreto Supremo
3174 en fecha 11 de julio de
2017 que determinó la vigencia
de un nuevo certificado médico
gratuito emitido por el Ministerio
de Salud, dejando sin efecto, el
certificado que era emitido por
los Colegios Médicos del país.
El objetivo no fue poner a
disposición de la población un
certificado médico sin costo y,
sobre todo, veraz e idóneo, sino
desprestigiar a los galenos
movilizados y confrontarlos con
la población. La declaración de
la actual ministra de salud revela
esta manifiesta intención al
señalar que el Colegio Médico
de Bolivia antes de realizar un
paro debe "rendir cuentas” por la
venta de los certificados médicos
durante 46 años (Página Siete,
19/05/2017).
LA FUERZA DE LA
LUCHA UNITARIA
Contra los decretos señalados
y la “acción popular” promovida
por el Defensor del Pueblo, los
profesionales médicos junto a
los maestros urbanos de La Paz,
fabriles, gremios de profesionales
y otras organizaciones sociales
conformaron un Comité
Nacional de Salud en el
convencimiento que la lucha por
el respeto de los derechos a la
salud, a la seguridad social, a la
huelga y a la protesta y, en
general, a la mejora de las
condiciones laborales y de vida
de los trabajadores, implica una
lucha unitaria. El desafío de los
movilizados es sostener y
fortalecer las alianzas
establecidas.
Mientras el gobierno hablaba
de “diálogo”, el Defensor del
Pueblo arremetía con una
medida de penalización de la
huelga. El hecho resultó como
una puñalada en la espalda
Los colegios
médicos se
organizaron para
movilizarse por sus
derechos en todo
el país.
(Foto: Fernando
Balderrama, Los
Tiempos,
08/04/2017).

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