Ley 1390

GobiernoLUÍS ALBERTO ARCE CATACORA
Número de Edición1422NEC
Fecha de Publicación27 de Agosto de 2021
Tipo de EdiciónNormal

LEY N° 1390

LEY DE 27 DE AGOSTO DE 2021

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

LEY DE FORTALECIMIENTO PARA LA

LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN

ARTÍCULO 1 (OBJETO)

La presente Ley tiene por objeto fortalecer los mecanismos y procedimientos establecidos en el marco de la Ley N° 004 de 31 de marzo de 2010, de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas "Marcelo Quiroga Santa Cruz", del Código Penal y del Código de Procedimiento Penal, destinados a investigar, procesar y sancionar actos de corrupción cometidos por servidoras y servidores públicos y ex servidoras y ex servidores públicos, en el ejercicio de sus funciones, y personas naturales o jurídicas y representantes legales de personas jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras que comprometan o afecten recursos del Estado, así como efectivizar la recuperación del patrimonio afectado del Estado a través de los órganos jurisdiccionales competentes.

ARTÍCULO 2 (MODIFICACIONES AL CÓDIGO PENAL)

Se modifican los Artículos 34, 105, 142, 144, 145, 146, 147, 150, 151, 152, 153, 154, 157, 158, 163, 173, 174, 177, 221, 222, 224, 225 y 229, con los siguientes textos:

Artículo 34. (Inhabilitación).

I. La sanción de inhabilitación consiste en privar a la persona condenada de ejercer o acceder a empleo, oficio, profesión o servicio público, de cuyo ejercicio u ocasión se abusó para la comisión del hecho.

II. En los delitos de corrupción y vinculados, cometidos por servidora o servidor, empleada o empleado público en el ejercicio de sus funciones, se aplicará la inhabilitación después del cumplimiento de la pena principal.

III. La inhabilitación dispuesta no será menor a seis (6) meses ni mayor a diez (10) años, fijándose la cantidad en función a la culpabilidad, de acuerdo a la siguiente escala:

1. De cuatro (4) hasta diez (10) años en delitos con pena privativa de libertad;

2. De seis (6) meses a cuatro (4) años en delitos culposos o con sanción no privativa de libertad.

IV. En su determinación y aplicación se observarán las siguientes reglas:

1. La inhabilitación afectará exclusivamente al empleo, oficio, profesión, servicio público, de cuyo ejercicio u ocasión se abusó para la comisión del hecho;

2. La inhabilitación impuesta se anotará en el o los registros correspondientes; y,

3. El incumplimiento injustificado de la inhabilitación dará lugar a privación de libertad efectiva por un cuarto del tiempo impuesto o de lo que reste de su cumplimiento, sin perjuicio de quedar subsistentes su anotación en los registros correspondientes.

V. La rehabilitación procederá toda vez que la persona condenada haya cumplido de manera satisfactoria con dos terceras partes de la inhabilitación impuesta, haya reparado el daño y dado muestra fehaciente de haber superado la incompetencia o abuso que provocó su imposición. Cuando la inhabilitación conlleve la pérdida de un cargo público, la rehabilitación no implicará su reposición.

Artículo 105. (Términos para la Prescripción de la Pena). La potestad para ejecutar la pena prescribe:

1. En diez (10) años, si se trata de pena privativa de libertad mayor de seis (6) años;

2. En siete (7) años, tratándose de penas privativas de libertad menores de seis (6) años y mayores de dos (2) años;

3. En cinco (5) años, si se trata de las demás penas.

Estos plazos empezarán a correr desde el día de la notificación con la sentencia condenatoria, o desde el quebrantamiento de la condena, si ésta hubiera empezado a cumplirse.

No procederá la prescripción de la pena, en delitos de corrupción que causen grave daño económico al Estado.

No procederá la prescripción de la pena, bajo ninguna circunstancia, en delitos de lesa humanidad.

Artículo 142. (Peculado).

I. La servidora o servidor, empleada o empleado público que, aprovechando del cargo que desempeña, se apropie de dineros, valores o bienes de cuya administración, cobro o custodia se halle encargado, será sancionado con privación de libertad de tres (3) a seis (6) años e inhabilitación.

II. La sanción será agravada a privación de libertad de cuatro (4) a ocho (8) años e inhabilitación, si la apropiación fuera sobre bienes del Patrimonio Cultural Boliviano de cuya administración, cobro o custodia se halle encargada la persona autora.

Artículo 144. (Malversación). La servidora, servidor, empleada o empleado público que diere a los recursos económicos o bienes que administra o custodia, una aplicación diferente de aquella a la que estuvieran destinados, causando daño económico al Estado o entorpecimiento grave del servicio al que estuvieren asignados, será sancionado con privación de libertad de tres (3) a ocho (8) años e inhabilitación.

Artículo 145. (Cohecho Pasivo).

I. La servidora, servidor, empleada o empleado público que para hacer o dejar de hacer, retardar o agilizar la realización de un acto relativo a sus funciones, solicite, exija, reciba o acepte, directamente o por interpuesta persona, para sí o un tercero, dinero, dádivas o cualquier otra ventaja, será sancionado con privación de libertad de cinco (5) a diez (10) años, multa sancionadora de cien (100) a doscientos cincuenta (250) días e inhabilitación.

II. La misma sanción se aplicará a la servidora o servidor público extranjero o funcionario de una organización internacional pública, que preste servicios en el territorio nacional e incurra en alguna de las conductas previstas en el Parágrafo precedente.

III. La sanción será agravada a privación de libertad de siete (7) a doce (12) años, multa sancionadora de doscientos cincuenta y un (251) a cuatrocientos (400) días e inhabilitación, cuando la conducta descrita en el Parágrafo I del presente Artículo, sea cometida por una servidora o servidor público del Órgano Judicial, Ministerio Público, Policía Boliviana, Fuerzas Armadas, Aduana Nacional o del Servicio de Impuestos Nacionales.

Artículo 146. (Uso Indebido de Influencias). La servidora, servidor, empleada o empleado público que, directamente o a través de un tercero, aprovechando las funciones que ejercen o usando las influencias del cargo, obtenga ventajas, patrimoniales o económicas, para sí o para un tercero, será sancionado con privación de libertad de tres (3) a seis (6) años e inhabilitación.

Artículo 147. (Beneficios en Razón del Cargo). I. La servidora, servidor, empleada o empleado público que, en consideración a su cargo, admita regalos suntuosos u otros beneficios de persona que realice algún trámite o gestión con la entidad en la cual éste presta servicios, será sancionado con multa sancionadora de doscientos cincuenta y un (251) a cuatrocientos (400) días.

II. No es punible la entrega de regalos a autoridades que según usos y costumbres o normas de protocolo se estilan.

Artículo 150. (Negociaciones Incompatibles). I. La servidora, servidor, empleada o empleado público que, por sí o por interpuesta persona o por acto simulado, obtenga para sí o para tercero un beneficio en cualquier contrato, suministro, subasta u operación en que interviene en razón de su cargo, será sancionado con privación de libertad de cuatro (4) a ocho (8) años e inhabilitación.

II. En la misma sanción incurrirán los árbitros, peritos, auditores, contadores, martilleros o rematadores, así como los tutores, curadores, albaceas y síndicos, que, por sí o por interpuesta persona o por acto simulado, obtengan beneficios indebidos respecto a los actos en los cuales por razón de su oficio o cargo hubieran intervenido.

Artículo 151. (Concusión). I. La servidora, servidor, empleada o empleado público que, directa o indirectamente, abusando de su cargo exija u obtenga dinero u otra ventaja ilegítima, en beneficio propio o de un tercero, será sancionado con privación de libertad de tres (3) a seis (6) años e inhabilitación.

II. En la misma sanción incurrirá la persona que, abusando de su condición de dirigente o simulando funciones, representaciones, instrucciones u órdenes superiores, por sí o por medio de otra, exija u obtenga dinero u otra ventaja económica en beneficio propio o de tercero.

III. La sanción será agravada a privación de libertad de cuatro (4) a ocho (8) años e inhabilitación, si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

1. La víctima mantenga con la persona autora una relación de subordinación o dependencia; o,

2. En la comisión del hecho medie intimidación, amenaza o violencia.

Artículo 152. (Exacción). I. La servidora, servidor, empleada o empleado público que, abusando de su cargo, exija o haga pagar o entregar indebidamente a un ciudadano, con destino a la administración o entidad pública, por sí o por interpuesta persona, una contribución o un derecho que no corresponda o cobre mayores derechos que los legalmente establecidos, será sancionado con privación de libertad de tres (3) a seis (6) años e inhabilitación.

II. La sanción será agravada a privación de libertad de cuatro (4) a ocho (8) años e inhabilitación cuando medie intimidación, amenazas o violencia.

Artículo 153. (Resoluciones Contrarias a la Constitución y a las Leyes). La servidora, servidor, empleada o empleado público que dicte o emita resoluciones u órdenes arbitrarias y...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex