Decreto Supremo 5280

GobiernoLUIS ALBERTO ARCE CATACORA
Número de Edición1831NEC
Fecha de Publicación20 de Noviembre de 2024
Tipo de EdiciónNormal

DECRETO SUPREMO N° 5280 DAVID CHOQUEHUANCA CÉSPEDES PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIACONSIDERANDO:Que el numeral 1 del Artículo 174 de la Constitución Política del Estado determina como atribución de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado, asumir la Presidencia del Estado, en los casos establecidos en la Constitución.Que el Parágrafo II del Artículo 45 de la Constitución Política del Estado dispone que la seguridad social se presta bajo los principios de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia. Su dirección y administración corresponde al Estado, con control y participación social.Que la Ley Nº 065, de 10 de diciembre de 2010, de Pensiones, tiene por objeto establecer la administración del Sistema Integral de Pensiones, así como las prestaciones y beneficios que otorga a los bolivianos y las bolivianas, en sujeción a lo dispuesto en la Constitución Política del Estado.Que el inciso b) del Artículo 1 de...

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