Decreto Supremo 5071

GobiernoLUIS ALBERTO ARCE CATACORA
Número de Edición1707NEC
Fecha de Publicación29 de Noviembre de 2023
Tipo de EdiciónNormal

DECRETO SUPREMO N° 5071

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 35 de la Constitución Política del Estado determina que el Estado, en todos sus niveles, protegerá el derecho a la salud, promoviendo políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud.

Que el Artículo 37 del Texto Constitucional establece que el Estado tiene la obligación indeclinable de garantizar y sostener el derecho a la salud, que se constituye en una función suprema y primera responsabilidad financiera. Se priorizará la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades.

Que el numeral 17 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado dispone como competencia exclusiva del nivel central del Estado, las políticas del sistema de educación y salud.

Que la Ley N° 1359, de 17 de febrero de 2021, de Emergencia Sanitaria...

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