Decreto Supremo 1861

GobiernoEvo Morales Ayma
Número de Edición604NEC
Fecha de Publicación 8 de Enero de 2014
Tipo de EdiciónNormal

DECRETO SUPREMO N° 1861 ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O: Que el Artículo 2 de la Ley Nº 455, de 11 de diciembre de 2013, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2014, aprueba el Presupuesto General del Estado para su vigencia durante la gestión fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014.

Que la Disposición Final Tercera de la Ley Nº 455, faculta al Órgano Ejecutivo mediante Decreto Supremo, reglamentar la referida disposición legal.

Que es necesario garantizar la aplicación y cumplimiento de los objetivos de gestión y desarrollo establecidos por el Presupuesto General del Estado, orientado hacia un Estado Plurinacional que postula la revolución democrática y cultural dentro de un modelo económico social productivo y comunitario, a través de la reglamentación del referido Presupuesto General del Estado.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1 (OBJETO)

El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar la aplicación de la Ley N° 455, de 11 de diciembre de 2013, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2014.

ARTÍCULO 2 (TRANSFERENCIAS PÚBLICO - PRIVADAS).
  1. Los beneficiarios de las transferencias de recursos públicos en efectivo y/o en especie e inversiones productivas, son las organizaciones económico-productivas, organizaciones territoriales, organizaciones privadas sin fines de lucro nacional, organizaciones indígena originario campesinas y personas naturales, con el objetivo de estimular las actividades de desarrollo, seguridad alimentaria, reconversión productiva, educación, salud y vivienda, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo y Planes Sectoriales.

  2. Las entidades públicas o unidades/programas del Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado Plurinacional, autorizadas para la ejecución de transferencias público - privadas son:

    Aquellas autorizadas mediante Ley sancionada por la Asamblea Legislativa Plurinacional o Decreto Supremo emitido por el Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado;

    FONADAL, EMPODERAR, Soberanía Alimentaria, Centro de Investigación y Desarrollo Acuícola Boliviano - CIDAB, Unidad Ejecutora del Programa de Inclusión Económica para Familias y Comunidades Rurales en el Territorio del Estado Plurinacional de Bolivia (ACCESOS), SUSTENTAR, Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social - FPS, Fondo Nacional de Desarrollo Regional - FNDR, Entidad Ejecutora de Conversión a Gas Natural Vehicular - EEC-GNV, PRO - BOLIVIA, PROMUEVE - BOLIVIA, CONOCE - BOLIVIA, INSUMOS - BOLIVIA, Empresa Pública de Apoyo a la Producción de Alimentos - EMAPA, Infraestructura Descentralizada para la Transformación Rural - IDTR, Unidad de Apoyo a la Gestión Social del Ministerio de la Presidencia, Corporación Minera de Bolivia - COMIBOL, Servicio Nacional para la Sostenibilidad de Servicios en Saneamiento Básico - SENASBA, Programa de Agua y Alcantarillado Periurbano, Unidad Ejecutora del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad - FNSE, Proyecto de Apoyo a la Valoración de la Economía Campesina de Camélidos - VALE, el Programa Nacional de Fortalecimiento de Redes Funcionales de Servicios de Salud, el Programa Técnico Operativo en Infraestructura y Equipamiento Médico, el Programa Nacional de Salud Renal y Premios Deportivos del Ministerio de Salud y Deportes, a la Dirección General de Gestión Socio Ambiental del Ministerio de Hidrocarburos y Energía, el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda a través del Programa de Vivienda Social y Solidaria - PVS, Programa de Erradicación de la Extrema Pobreza - PEEP, la Unidad Ejecutora del Plan de Rehabilitación y Reconstrucción de Viviendas, y la Agencia Estatal de Vivienda - AEVIVIENDA;

    Las entidades públicas que ejecutan programas y proyectos que involucran transferencias público - privadas, cuyo financiamiento provenga de donación externa, crédito externo y/o contraparte nacional, en el marco de sus respectivos convenios de financiamiento y la no objeción del organismo financiador, cuando corresponda;

    Los Seguros Sociales Universitarios que efectúan transferencias a favor del Sistema Integrado de la Seguridad Social Universitaria Boliviana - SISSUB, en el marco del Estatuto Orgánico y conforme a las decisiones de la Conferencia Nacional;

    El Ministerio de Educación para realizar la transferencia de computadoras personales a las maestras, maestros y estudiantes de las unidades educativas públicas y de convenio. Asimismo, para la entrega de premios a unidades educativas, estudiantes, maestras y maestros que participen en actividades nacionales o en representación del país a nivel internacional, en el ámbito de su competencia;

    El Ministerio de Gobierno para el Proyecto Musuj Runa;

    El Ministerio de Culturas y Turismo para la entrega de premios nacionales, en el ámbito de...

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