Código de las Familias y del Proceso Familiar

TÍTULO PRELIMINAR Disposiciones preliminares Artículos 1 a 5
CAPÍTULO PRIMERO Objeto, las familias y tutela del estado Artículos 1 y 2
ARTÍCULO 1 Objeto

El presente Código regula los derechos de las familias, las relaciones familiares y los derechos, deberes y obligaciones de sus integrantes, sin discriminación ni distinción alguna.

ARTÍCULO 2 Las familias y tutela del estado

Las familias, desde su pluralidad, se conforman por personas naturales que deben interactuar de manera equitativa y armoniosa, y se unen por relaciones afectivas emocionales y de parentesco por consanguinidad, adopción , afinidad u otras formas, por un periodo indefinido de tiempo, protegido por el Estado, bajo los principios y valores previstos en la Constitución Política del Estado.

CAPÍTULO SEGUNDO Derechos sociales, protección de las familias y rol del estado Artículos 3 a 5
ARTÍCULO 3 Derechos de las familias
  1. Los principios y valores inherentes a los derechos de las familias son los de responsabilidad, respeto, solidaridad, protección integral, intereses prevalentes, favorabilidad, unidad familiar, igualdad de oportunidades y bienestar común.

  2. Se reconocen, con carácter enunciativo y no limitativo, los derechos sociales de las familias, siendo los siguientes:

  1. A vivir bien, que es la condición y desarrollo de una vida integra, material, espiritual y física, en armonía consigo misma en el entorno familiar, social y la naturaleza.

  2. Al trabajo de la, del o de los responsables de la familia.

  3. A la seguridad social.

  4. A la vivienda digna.

  5. A la capacitación y formación permanente de las y los miembros de las familias, bajo principios y valores inherentes a los derechos humanos.

  6. A expresar su identidad y cultura y, a incorporar prácticas y contenidos culturales que promuevan el diálogo intercultural y la convivencia pacífica y armónica.

  7. A la vida privada, a la autonomía, igualdad, y dignidad de las familias sin discriminación.

  8. A la seguridad y protección para vivir sin violencia, ni discriminación y con la asesoría especializada para todos y cada una y uno de sus miembros.

  9. A la participación e inclusión en el desarrollo integral de la sociedad y del Estado.

  10. Al descanso y recreación familiares.

  11. Al reconocimiento social de la vida familiar.

  12. Otros derechos que emerjan de situaciones de vulnerabilidad, recomposición familiar, migración y desplazamientos forzados, desastres naturales u otras.

ARTÍCULO 4 Protección de las familias y el rol del estado
  1. El Estado está obligado a proteger a las familias, respetando su diversidad y procurando su integración , estabilidad, bienestar, desarrollo social, cultural y económico para el efectivo cumplimiento de los deberes y el ejercicio de los derechos de todas y todos sus miembros.

  2. El Estado orientará sus políticas públicas, decisiones legislativas, judiciales y administrativas para garantizar los derechos de las familias y de sus integrantes, priorizando los casos de familias en situación de vulnerabilidad, cuando corresponda.

  3. El Estado promoverá acciones y facilitará condiciones para fortalecer la iniciativa, la responsabilidad y la capacidad de las familias en sus dimensiones afectiva, formadora, social, productiva, participativa y cultural, para una convivencia respetuosa y armoniosa.

  4. Las familias que no estén bajo la responsabilidad de la madre, del padre o de ambos y que estén integradas por diversos miembros de ella, gozan de igual reconocimiento y protección del Estado.

  5. La autoridad judicial, al momento de emitir decisiones que afecten a las familias, de manera imparcial velará por el bienestar, la seguridad familiar, la responsabilidad mutua y compartida, cuidando la no vulneración de los derechos fundamentales de ninguno de sus miembros.

ARTÍCULO 5 Protección de las familias en situación de vulnerabilidad

La identificación de situaciones de vulnerabilidad procede a partir de los siguientes criterios:

  1. Ingresos insuficientes para cubrir las necesidades básicas.

  2. Limitaciones en el acceso a servicios de salud.

  3. Limitaciones en el acceso a vivienda.

  4. Hija o hijo huérfano de madre, de padre o de ambos.

  5. Hija o hijo no incorporado en el sistema educativo plurinacional.

  6. Enfermedad grave o fallecimiento de la persona responsable del grupo familiar.

  7. Problemas graves de salud de algún o algunos miembros de las familias que requieran atención especial.

  8. Partos múltiples.

  9. Embarazo adolescente.

  10. Exposición a riesgos ambientales, cercanía a actividades económico productivas de gran escala y contaminantes, zonas de frontera o nuevos asentamientos humanos y, regiones con bajo índice de desarrollo humano.

  11. Situaciones de conflicto, violencia intrafamiliar, trata y tráfico y violencia sexual.

  12. No reconocimiento legal y...

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