Auto Nº058/2019 de Tribunal Agroambiental Plurinacional, 31-10-2019

Fecha31 Octubre 2019
Número de expediente3566-NTE-2019
Número de auto058/2019
EmisorTribunal Agroambiental (Bolivia)
Tipo de procesoNulidad de Titulo Ejecutorial

AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S2ª Nº 058/2019

Expediente: Nº 3566-NTE-2019

Proceso: Nulidad de Titulo Ejecutorial

Demandante: A.F.

Demandados: Presidente del Estado Plurinacional

de Bolivia y Director Nacional del INRA

Distrito: Tarija

Fecha: Sucre, 31 de octubre de 2019

Magistrado Semanero: Dr. G.A.R.

VISTOS: La demanda de nulidad de Título Ejecutorial de fs. 25 a 29 vta., interpuesta por A.F., antecedentes procesales; y,

CONSIDERANDO: Que, revisada la demanda referida, la misma fue observada por providencia de 16 de mayo de 2019, cursante a fs. 32 de obrados, ante las deficiencias presentadas en la forma, por lo que en ejercicio de la facultad otorgada por el art. 333 del Cód. P.. Civ., aplicable supletoriamente por lo previsto en el art. 78 de la Ley Nº 1715, se dispuso que el demandante subsane las observaciones efectuadas en el mencionado decreto, otorgándosele al efecto el plazo de 15 días hábiles computables a partir del día siguiente hábil de su legal notificación, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda, conforme previene el mencionado art. 333 del Cód. P.. Civ. en su parte in fine.

Que, con dicho proveído, el demandante fue notificado en fecha 21 de mayo de 2019 mediante cédula fijada en el tablero de la Sala Segunda de este Tribunal, como consta de la diligencia de notificación que corre a fs. 33 de obrados.

Que, en fecha 29 de octubre de 2019, la Secretaria de Sala Segunda del Tribunal Agroambiental emite Informe que cursa a fs. 43 de obrados, manifestando que la parte actora no ha subsanado las observaciones señaladas, habiéndose cumplido el plazo otorgado al efecto y que la parte actora sólo solicitó el desglose de la documentación aparejada a la demanda.

Por los antecedentes mencionados el demandante no subsanó los defectos de forma que presenta la demanda, dejando vencer el plazo otorgado para la subsanación de las observaciones...

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