Decreto Supremo 4740

DECRETO SUPREMO Nº 4740

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 2 del Artículo 9 de la Constitución Política del Estado, determina que uno de los fines y funciones esenciales del Estado, es garantizar el bienestar, el desarrollo, la seguridad y la protección e igual dignidad de las personas, las naciones, los pueblos y las comunidades.

Que el Parágrafo I del Artículo 251 del Texto Constitucional, establece que la Policía Boliviana, como fuerza pública, tiene la misión específica de la defensa de la sociedad y la conservación del orden público, y el cumplimiento de las leyes en todo el territorio boliviano.

Que el Artículo 252 de la Constitución Política del Estado, dispone que las Fuerzas de la Policía Boliviana dependen de la Presidenta o del Presidente del Estado por intermedio de la Ministra o Ministro de Gobierno.

Que el Artículo 3 del Código de Tránsito, aprobado por Decreto Ley Nº 10135, de 16 de febrero de 1973, elevado a rango de Ley, por Ley Nº 3988, de 18 de diciembre de 2008, señala que el Servicio Nacional de Tránsito actual Dirección Nacional de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, como organismo integrante de la Policía Boliviana, ejecutará y hará cumplir las disposiciones del citado Código.

Que el Artículo 95 del Código de Tránsito, establece que los conductores, sin excepción, están obligados al conocimiento y estricta observancia de las disposiciones del mencionado Código y su Reglamento.

Que el Artículo 139 del Código de Tránsito, dispone que la infracción llamada también transgresión o contravención, es el quebrantamiento de una o más reglas de tránsito.

Que el Artículo 144 del Código de Tránsito, señala que las infracciones, de competencia de la Policía del Tránsito serán sancionadas con arresto, inhabilitación de la licencia o multa.

Que la decisión arbitraria de eliminar las autorizaciones para el uso de vidrios oscurecidos o polarizados por parte del Gobierno de facto, vulneró el derecho a la seguridad de las y los ciudadanos, dando lugar a la comisión de delitos con el uso de vehículos con estas características, hechos criminales que hasta la fecha suman aproximadamente a mil quinientos (1.500) casos, representando un retroceso en las políticas de seguridad ciudadana, que tienen por objeto promover...

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