Ley 1494

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición1494
Fecha de Publicación14 de Octubre de 1993

LEY No. 1494

LEY DE 4 DE OCTUBRE DE 1993

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Declárase de prioridad regional la construcción de un puente sobre el río San Isidro en la localidad de Pulquina Abajo, jurisdicción de la provincia Manuel María Caballero del Departamento de Santa Cruz.

ARTICULO SEGUNDO.- Encomiéndase al Servicio Nacional de Caminos y Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz (CORDECRUZ), la elaboración del proyecto a diseño final del mencionado proyecto.

ARTICULO TERCERO.- Autorízase al Poder Ejecutivo contratar el financiamiento necesario, interno o externo para la preparación del proyecto a diseño final y la consiguiente construcción de la obra.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós...

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