Ley 269

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Educativa
Número de Edición269
Fecha de Publicación31 de Octubre de 1950

7 DE OCTUBRE

LEY Nº 269.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL.

DECRETA:

Artículo único.- Por esta única vez se destina la cantidad de Bs. 20.000.- (veinte mil bolivianos) votada por la Ley de 12 de septiembre de 1938 y destinada a los gastos de alumnos becados de la Provincia Abaroa, del Departamento de Oruro, a la construcción del mobiliario escolar para los establecimientos educacionales de la misma Provincia.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 3 de octubre de 1950.

(Fdo.) J. Ml. Balcázar.- (Fdo.) L. Lanza Solares.- (Fdo.) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo.) P. Saucedo Barbery, Senador...

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